El Juzgado de lo Social número 30 de Madrid ha elevado una cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral al Tribunal Constitucional al considerar que la norma podría vulnerar algunos aspectos de la Carta Magna relativos al despido.

Según el auto del Juzgado, fechado el 16 de abril, la reforma laboral vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva de los trabajadores frente al despido injustificado.

Además, entiende que dañaría el derecho a la igualdad de trato entre trabajadores con derecho a prestación por desempleo y los que carecen de él en caso de los despidos improcedentes.

También considera que hay indicios de inconstitucionalidad en la supresión en los despidos improcedentes del pago de los salarios de trámite, aquellos que se cobran desde el momento del despido hasta la resolución judicial.

Asimismo, pone en duda la urgencia de la regulación que ha justificado su aprobación como decreto-ley: "Este tipo de regulación es impropia de una norma de urgencia y no justifica el desplazamiento de la soberanía legislativa por el Ejecutivo", afirma.

El magistrado José Ángel Folguera Crespo se pronuncia así sobre la demanda interpuesta por varios trabajadores de la empresa Enjarrolla SL que fueron despedidos por causas disciplinarias.

En los fundamentos de inconstitucionalidad, apunta que "despidos netamente disciplinarios y no económicos pueden quedar sometidos a una motivación y unos fundamentos de urgencia y necesidad que se refieren exclusivamente a circunstancias económicas".

Igualmente, el auto cuestiona la supresión de los salarios de tramitación, lo que denomina como una "peculiar bonificación" para el empresario.