La ministra de Fomento, Ana Pastor, elevó ayer al Consejo de Ministros un anteproyecto de Ley por el que se modifican la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la de Enjuiciamiento Civil para dinamizar el mercado del alquiler. En lo sucesivo, los propietarios de viviendas en alquiler tendrán más fácil recuperar sus inmuebles, aunque sus inquilinos estén al corriente de los pagos, y se agilizan los procesos de desahucio.

En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la titular de Fomento se centró en las medidas dirigidas al mercado del alquiler y aseguró que este anteproyecto de Ley, que incluye además estímulos fiscales para impulsar el alquiler de viviendas en manos de no residentes, persigue dar más seguridad jurídica a los propietarios para que se saquen más viviendas al mercado del alquiler y así facilitar el acceso a las mismas a jóvenes, colectivos vulnerables y familias con menores rentas.

Según explicó, el parque de pisos en alquiler en España asciende a 1,8 millones, el 17% del parque total, lo que supone el menor porcentaje de toda la eurozona, donde la media de casas arrendadas es del 30%, con tasas de hasta el 47% en países como Alemania. Según Pastor, estas cifras demuestran que el alquiler "no es una alternativa" a la compra. Al mismo tiempo, existen hasta tres millones de viviendas vacías que no se destinan al mercado del alquiler por una falta de "competitividad" en las rentas de alquiler, la "escasa profesionalización" de este mercado o por una "falta de equilibrio" entre los derechos de los propietarios y de los inquilinos.

Aviso de dos meses

Para subsanar estas deficiencias, en primer lugar, el anteproyecto de Ley contempla la posibilidad de que el propietario pueda recuperar la vivienda con un aviso dos meses de antelación para su uso como residencia habitual, también para familiares de primer grado o cónyuges tras el divorcio, sin necesidad de tener que pactarlo, como hasta ahora, con el inquilino.

Además, la nueva norma reduce a la mitad las prórrogas que se establecían por ley en los contratos de arrendamiento. La prórroga forzosa que permitía a los inquilinos habitar una vivienda durante cinco años pasa a tres años, y la prórroga tácita de tres años se reduce a uno. De esta forma, la Ley sólo amparará a los inquilinos para que permanezcan en la vivienda durante cuatro años, en lugar de ocho años.

Las partes podrán pactar un incremento de la renta de alquiler al año superior o inferior al IPC, que establecía hasta ahora la LAU, y podrán acordar la renuncia del inquilino a adquisición preferente.

El Consejo de Ministros también anunció ayer la exención fiscal del 50% de las plusvalías derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que se adquieran desde hoy y hasta el 31 de diciembre, siempre que no exista vinculación entre las partes.

Dicha exención fiscal se reflejará en el IRPF, en el impuesto sobre la renta de no residentes y en el impuesto de sociedades correspondientes al ejercicio 2012.

Esta medida estará incorporada en el Real Decreto Ley que, previsiblemente, se publicará hoy.