La CNMV ha publicado un sistema de clasificación de productos financieros atendiendo a su riesgo y complejidad, así como una categoría específica para productos que no sean adecuados para inversores no profesionales. El sistema ha sido compartido con los profesionales de la industria, quienes tendremos que dar nuestra opinión sobre el mismo antes del 30 de septiembre. En un momento posterior, la CNMV ya elevará el sistema, modificado o no, a circular de obligado cumplimiento.

El sistema pretende ser sencillo de comprender y muy visual, para lo que emplea la tan manida analogía del semáforo: rojo igual a peligro; verde igual a todo despejado. O no.

Este "semáforo del riesgo" establece una escala de cinco colores, del verde al rojo, ordenados de menor a mayor riesgo. Para enriquecer la información, establece cinco iconos complementarios que reflejan el nivel de complejidad y liquidez del producto ofertado. A partir de la combinación de colores e iconos, los productos financieros se establecerán en cinco clases, desde la Clase A (verde oscuro) a la Clase E (rojo).

En suma, estas cinco etiquetas de colores clasificarán al producto en función de la divisa en la que está denominado, la solvencia del emisor, las características propias del producto, el plazo de la inversión, y la posibilidad de recuperar la totalidad de la inversión a vencimiento (o sobre su liquidez o la posibilidad de sufrir pérdidas significativos si deshago mi posición antes de llegar a su vencimiento).

Celebro el intento de la CNMV de mejorar la protección del inversor, más tras los escándalos por todos conocidos. Escándalos no derivados del comportamiento del activo financiero en sí, sino de la inadecuación del activo financiero al perfil de riesgo del inversor. Todos los esfuerzos orientados a mejorar la posición del inversor son dignos de reconocimiento. No sólo el supervisor, también los profesionales, debemos aportar nuestro granito de arena.

Pero reconozco que este sistema no me gusta. La oferta financiera es lo suficientemente amplia como para tratar de clasificarla en cinco escalones de "riesgo". Tal vez pequemos de excesiva simplificación cuando no de simplismo, porque seguro que aparecen problemas acerca de qué interpretación puede hacer un inversor sobre la etiqueta del producto.

A modo de ejemplo. Se establece Clase A para un "instrumento financiero en euros con compromiso de devolución de capital en un plazo igual o inferior a tres años (...)"; y Clase B para el mismo activo pero emitido en divisa distinta del euro. ¿Qué sucede si el cambio de la divisa evoluciona negativamente? El inversor minorista ve una etiqueta verde con "compromiso de devolución del capital" cuando el comportamiento de la divisa puede provocarle pérdidas.

¿O por qué es más arriesgado un bono emitido a cinco años por Apple (rating AA+ por S&P), denominado en dólares, que un bono emitido por el ICO en euros al mismo plazo? ¿Preocupa más la divisa o la solvencia del emisor?

La mejor protección sigue siendo la información y la formación. Esperaremos a la versión definitiva.

Socio As. Financiero PARANGON Family Office