El Pleno del Congreso convalidará este jueves el decreto ley de Medidas urgentes en materia concursal que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 5 de septiembre y que extiende a los concursos de acreedores la filosofía de flexibilización de condiciones que desde hace unos meses se aplica a los preconcursos.

La norma, que defenderá el ministro de Economía, Luis de Guindos, y que en principio se tramitará como proyecto de ley para poder introducir modificaciones, busca facilitar que el necesario desendeudamiento del sector privado sea "lo más rápido y eficiente posible".

Algo para lo que es fundamental superar las "disfunciones" del proceso concursal que se han detectado en los últimos años, y que hacen que el número de concursos en España sea muy superior al de otros estados miembros, que también sean más los procesos que acaban en liquidación y que en la mayor parte de los casos la enajenación afecte por separado a los diferentes activos de la empresa, impidiendo así el mantenimiento de la actividad y del empleo.

De este modo, el Ejecutivo confía en conseguir un "impacto económico positivo" sin nuevos costes públicos ni cargas administrativas, y sin tener efectos sobre la competencia, tal y como reconoce en la memoria de impacto del decreto ley, donde sin embargo no cifra esas proyecciones.

VALORACIÓN DE GARANTÍAS Y MAYORÍAS DE ACUERDOS

Y, para conseguirlo, se extiende al concurso las previsiones sobre la valoración de las garantías sobre las que recae el privilegio especial que ya se aplican en el preconcurso, se amplía el quórum de la junta de acreedores, se posibilita la cesión de bienes en pago de las deudas bajo determinadas cautelas, se cambian las votaciones y mayorías para facilitar los convenios, y se obliga a valorar el conjunto de la empresa o de sus distintas unidades productivas para que los potenciales interesados en su adquisición conozcan su valor real aproximado.

En estos casos, también se permitirá la subrogación automática de los derechos y obligaciones derivados de contratos existentes, sin necesidad de consentimiento de la otra parte, así como en las licencias o autorizaciones administrativas, sin que esto suponga responsabilidad por créditos impagados por el deudor antes de la transmisión salvo en el caso de deudas tributarias o con la Seguridad Social.

Asimismo, se amplía "notablemente" el contenido posible del convenio, permitiendo quitas "sin límite", esperas más elevadas y conversiones de deuda en capital social, préstamos participativos o cesiones en pago o para pago; se crea un portal con información sobre las empresas en liquidación y se crea una comisión de seguimiento de prácticas de refinanciación y reducción de sobreendeudamiento.

Según avanzó el portavoz adjunto de Economía del PSOE, Jesús Caldera, la intención del principal partido de la oposición es abstenerse en la convalidación de este decreto en aras de facilitar un acuerdo durante su tramitación como proyecto de ley, ya que están de acuerdo en general con la norma y consideran únicamente que hace falta incorporar un procedimiento específico de segunda oportunidad para las micropymes, las pymes y los autónomos.