El Pleno del Congreso ha dado hoy el visto bueno con los votos del PP y la abstención del resto de grupos parlamentarios a las enmiendas introducidas en el Senado al proyecto de la ley en materia concursal, con lo que la nueva normativa ha quedado aprobada definitivamente.

Durante el debate, toda la oposición ha manifestado su conformidad con los objetivos que persigue la norma, pero han criticado la actuación del PP durante la tramitación del texto en ambas cámaras, al considerar que abrió la puerta a admitir aportaciones de los grupos y finalmente no lo ha hecho o de forma muy limitada.

Jesús Caldera, diputado del PSOE ha justificado la abstención por el carácter técnico de las cuatro enmiendas del Senado, "que ni quitan ni ponen, ni añaden ni restan" y ha instado al resto de fuerzas políticas a realizar un texto refundido, tras las múltiples reformas introducidas en este ámbito en los últimos años.

Desde CiU Josep Sánchez Llibre ha señalado que el resultado de la nueva norma "es una gran decepción política" y ha asegurado, en referencia a la tramitación que ha realizado el PP, que en su grupo se han sentido "decepcionados, engañados y traicionados".

El PNV se ha abstenido y, en el debate, el diputado Emilio Olabarría ha lamentado que ni en el Congreso ni en el Senado se hayan incorporado las mejoras que ya reconoce la jurisprudencia y ha calificado la tramitación de la ley de "oportunidad fallida".

En la misma línea, Álvaro Anchuelo ha justificado la abstención de UPyD en las lagunas importantes y carencias de un texto normativo que su grupo acogió favorablemente y apoyó al comienzo de su tramitación.

Joan Coscubiela, de la Izquierda Plural, ha calificado las enmiendas del Senado de "lógicas", dado que se limitan a modificar el texto porque el propio Gobierno ha aprobado un decreto ley (la segunda oportunidad) que entraba en conflicto con este.

La ley concursal, aprobada en septiembre pasado como real decreto-ley y después tramitada como proyecto de ley, extiende los efectos del convenio general a los acreedores disidentes o que no se hayan sumado a este, incluidos los públicos, siempre que se superen unos determinados porcentajes de adhesión.

Los acreedores privilegiados mantendrán su derecho a elegir entre adherirse voluntariamente al convenio o llegar a un acuerdo singular, pero podrán ser arrastrados al convenio general siempre que voten a favor de este al menos un 60 % o un 75 % del pasivo del tipo de crédito (laboral, público, financiero y resto) en que se enmarque esa deuda.

En cuanto a los acreedores ordinarios disidentes, se verán afectados por determinadas medidas del convenio si este cuenta con el apoyo de al menos el 65 % del pasivo ordinario.