El Tribunal Supremo ha dispuesto que las empresas deberán facturar todos los ingresos procedentes de las ventas efectuadas en España a residentes aunque los clientes adquieran sus productos por medio de sociedades o sitios web domiciliados en otros países.

Así lo ha acordado la sala de lo Contencioso en una sentencia en la que el Alto Tribunal refrenda los argumentos de la Agencia Tributaria contra el modelo fiscal de la sociedad tecnológica Dell, a la que reclamó el pago de varios millones en concepto de ventas efectuadas en España entre 2000 y 2003.

El fisco considera que, a pesar de que los productos ofertados por la compañía son adquiridos a través de su web, con sede en Irlanda, la fase de intermediación llevada a cabo en España demuestra no sólo la dependencia sino además que Dell dispone de un "establecimiento permanente" en este país.

Una versión que ahora estima la sala, que explica que "si bien la empresa pudo realizar determinadas actividades en Irlanda", lo cierto es que se han realizado en las instalaciones y con personal de su filial española, que desempeñó una serie de actuaciones "con un contenido económico claro".

Todo ello, deduce el Alto Tribunal, muestra que la matriz y la filial dependen orgánicamente la una de la otra, y que la participación de esta última es esencial para la comercialización y distribución de los productos Dell.