La idea es que siempre haya un licenciado en Farmacia en la oficina para atender cualquier duda o demanda de información de los usuarios. Así se resume uno de los aspectos que han suscitado más polémica del decreto 57/2009 de la Consejería de Sanidad, que regula los horarios, turnos de guardia y vacaciones de las oficinas de farmacia.

El presidente del Colegio de Farmacéuticos de Santa Cruz de Tenerife, Guillermo Schwartz, explicó a este periódico que este decreto deriva de la Ley de Ordenación Farmacéutica de 2005. En el mismo se establece que las oficinas que abran hasta 45 horas a la semana sólo necesitan al titular farmacéutico; las que realizan 60 horas requieren un farmacéutico adjunto, y las que abren las 24 horas (más de 160 horas semanales), siete licenciados en Farmacia.

Estos cálculos se obtienen de establecer que cada 20 horas semanales haya un contratado, explicó Schwartz, con la intención de que "siempre haya un farmacéutico para dispensar medicamentos". "Es muy discutible si el número es idóneo o no, pero nosotros, como en otros asuntos, acatamos la ley", apostilló.

Schwartz defiende que a los farmacéuticos les interesa "la calidad del servicio" que prestan y argumenta que "nadie se cree que un farmacéutico esté las 24 horas al día todos los días".

Proceso de adaptación

Tres farmacias en Tenerife se ven afectadas por este decreto: una en Santa Cruz de Tenerife, que ya está adaptada a la nueva normativa, y dos más en el Sur, que están en proceso de adaptación, detalló el presidente de la organización colegial.

En las farmacias también pueden trabajar auxiliares, cuya formación es una enseñanza de FP denominada técnico de farmacia, pero "es inexcusable la presencia de un farmacéutico para dispensar un medicamento".

Antes de noviembre todas las farmacias canarias deberán cumplir los requisitos que establece el decreto 57/2009.

En la actualidad, el Colegio de Farmacéuticos se encuentra finalizando la toma de datos sobre ampliación o reducción horarios y guardias para lo que resta de este año y el que viene, a fin de encajar todos ellos y garantizar un servicio tan esencial a la sociedad canaria.

El decreto también establece el horario mínimo de las oficinas, que será de 40 horas semanales, y que sea como mínimo de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas por la mañana y de 17:00 a 19:30 por la tarde. Los sábados la jornada mínima debe ser de 10:00 a 13:00 horas. Schwartz explica que la apertura hasta las 19:30 horas es una de las novedades, ya que hasta ahora algunas farmacias optaban con abrir sólo a las 19:00 horas.

El extenso decreto contempla todas las posibilidades para que, aún en períodos de vacaciones, la población cuente con servicio farmacéutico y licenciados suficientes para que siempre haya uno detrás del mostrador cuando se dispense un medicamento. La finalidad es ofrecer un servicio de calidad.