El Consejo Rector de la Gerencia de Urbanismo, presidido por el alcalde de La Laguna, Fernando Clavijo, acaba de aprobar una propuesta de modificación de los Estatutos del citado organismo autónomo con el fin de que este pueda instituirse como órgano colegiado con funciones ejecutivas y asumir nuevas competencias vinculadas con el urbanismo y la ordenación del territorio. El objetivo, subraya el concejal de Urbanismo y consejero delegado de la Gerencia, Juan Manuel Bethencourt, "la adaptación a la filosofía de la Ley de Grandes Ciudades, dotando de mayor eficacia y eficiencia la prestación de los servicios públicos y aumentando la proximidad con el ciudadano".

La propuesta, una vez ratificada por el Consejo Rector, en el que están representados los diferentes grupos municipales, tendrá que ser aprobada por la Junta de Gobierno Local para, posteriormente, ser llevada a Pleno.

La incorporación de La Laguna a la Ley de Grandes Ciudades supone la necesaria adecuación de la organización administrativa de la Corporación a la normativa jurídica vigente. Cabe recordar que los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo se aprobaron en 1994. Ya en 2006 entró en vigor su primera adaptación y modificación a la normativa vigente.

Gran Ciudad

La declaración de La Laguna como Gran Ciudad conllevó la necesaria adecuación de la organización administrativa de la Corporación a lo previsto en el título X de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, introducido por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre de Modernización del Gobierno Local que culminó con la publicación de su Reglamento Orgánico en el Boletín Oficial de la Provincia el 27 de mayo de 2009.

Actualmente, explica Juan Manuel Bethencourt, "partiendo de la base de que la nueva estructura organizativa configura al Pleno como un verdadero órgano de debate de las grandes políticas locales que afectan al municipio y de adopción de las decisiones estratégicas, suprimiéndole las funciones tanto ejecutivas como administrativas que se concentran en los restantes órganos, se estima conveniente que en la organización de la Gerencia de Urbanismo el Consejo Rector se instituya como órgano electivo colegiado al que corresponden las atribuciones plenarias cuyas competencias ha sido descentralizadas en la Gerencia".

El edil cree oportuno la asunción de nuevas competencias, siempre que estén vinculadas con el urbanismo y la ordenación del territorio."