La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anula el Plan General de Ordenación (PGO) de El Rosario sustenta esta decisión en la no existencia de justificación alguna que argumente la exención de la correspondiente Evaluación Ambiental Estratégica, documento del que adolece el citado documento después de que la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) corroborase que no era necesario.

El abogado y concejal de Sí se Puede, Pedro Fernández Arcila, expuso que la calificación de nulidad "impone que no se puedan convalidar los trámites que se hicieron de manera irregular", por lo que el PGO no existe como tal en el ordenamiento jurídico y es indispensable iniciarlo desde cero.

La nulidad dictada por la referida sentencia del pasado día 16 de abril es mucho más importante que la calificación de anulabilidad ya que produce efectos jurídicos más trascendentales en el ámbito del ordenamiento y obliga a iniciar el expediente desde el principio.

A partir de ahora el PGO (aprobado de forma definitiva el 29 de marzo de 2010) es, dos años después, inaplicable, por lo que para la gestión del territorio municipal habrá que retrotraerse a las nomas subsidiarias de 1991. En este sentido, todas aquellas licencias que hubieran podido concederse en base al PGO ahora anulado también quedarán sin efecto.

Arcila subrayó la no justificación de la exención de la Evaluación Ambiental Estratégica como el principal motivo que estimó el TSJC para "tumbar" el documento. Cabe recordar que la Evaluación Ambiental Estratégica es un procedimiento esencial en la elaboración de los planes generales y que sirve de referencia al equipo redactor sobre las repercusiones que pueda tener el documento en el ámbito ambiental, territorial, estratégico, afección a espacios naturales, etc.

Así, según la sentencia, el planeamiento no justificaba los cambios de suelo agrícola o industrial a urbanizable con ninguna herramienta de valoración ambiental. Estos cambios en la categorización del suelo se daban en zonas como Machado, Llano del Moro, Llano Blanco, El Chorrillo, la zona alta de Tabaiba Alta o Montaña Carbonero.

Sin embargo, tanto la Cotmac como el Ayuntamiento de El Rosario, cuya concejal de Urbanismo, Ana Lupe Mora, curiosamente también es consejera insular de Medio Ambiente, justificaron el no sometimiento de las determinaciones del PGO a un informe ambiental. El TSJC viene a decir ahora que esa exención contraviene el ordenamiento jurídico y aprueba la nulidad del documento.

Durante la rueda de prensa celebrada ayer para detallar los pormenores de la sentencia, Fernández Arcila estuvo acompañado por Javier Delgado, quien inició en 2008 un contencioso-administrativo por considerar que el ayuntamiento había cometido irregularidades que atentaban contra el suelo agrícola en la zona de Montaña de Jagua, y por el concejal de Sí se Puede en El Rosario, Fidel Vázquez.

Javier Delgado manifestó su alegría por el sentido de la sentencia y detalló que había pasado "un calvario de cinco años", durante el que se le había intentando desprestigiar, pero que ahora la justicia se había puesto de su lado. Por su parte, el edil Fidel Vázquez censuró la falta general de transparencia en el consistorio y la ausencia de trámites que fomentasen la participación ciudadana durante el proceso de elaboración del PGO.

El abogado Pedro Fernández Arcila subrayó la importancia de las repercusiones que tendrá para el municipio la anulación del planeamiento (algo que podría acarrear responsabilidades patrimoniales al ayuntamiento) y acusó al alcalde, Macario Benítez, y al anterior consejero de Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, como principales responsables al "forzar, de manera ilegal, la aprobación definitiva del PGO de El Rosario". Esta sentencia puede ser recurrida al Tribunal Supremo.