Con el eco de las alarmas que saltaron en Santa Cruz de Tenerife aún reciente, las que podrían dispararse ahora son las de La Laguna. A partir del próximo 1 de enero de 2015, todos los inmuebles con más de 25 años de antigüedad y con menos de tres plantas están obligados a pasar la Inspección Técnica de Edificaciones (ITE).

Hasta ahora, esta era una posibilidad a la que, voluntariamente, podían acogerse propietarios individuales o comunidades de propietarios.

Así lo confirmaron ayer fuentes de la Gerencia de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna, apenas una semana después de la polémica que, un asunto similar, generó en la capital tinerfeña.

Aunque la cifra oficial de inmuebles que se verían afectados por esta medida es difícil de cuantificar, las características propias de algunas zonas del municipio hacen prever que el número de casas que deben pasar por este proceso puede ser bastante elevado.

En cualquier caso, esta obligatoriedad, que se hará efectiva desde el próximo mes, no hace más que ampliar la que se aplicaba ya desde el 1 de enero de 2013 para otro tipo de edificaciones.

En ese momento, la Gerencia de Urbanismo aprobó la modificación de la ordenanza municipal que regula esta inspección, norma que estaba en vigor desde 2007 pero que no se había aplicado a instancias de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Aguere (FAV Aguere).

A saber, y tras el cambio del pasado año, ya estaban obligados a pasar la ITE los inmuebles incluidos en los catálogos de protección conforme a la normativa vigente en materia urbanística y de protección del patrimonio histórico-artístico, así como aquellos que se encuentren dentro del perímetro del Conjunto Histórico de San Cristóbal de La Laguna.

Además, también tenían esa obligación las edificaciones con tres o más plantas de altura sobre rasante y aquellas en las que se desarrolle o sean susceptibles de desarrollar, total y parcialmente, un uso diferente al residencial.

Sobre este asunto, el concejal del área, Juan Manuel Bethencourt, indicó que la Gerencia ha tramitado en torno a un centenar de informes de inspección "positivos", tanto en 2013 como en lo que va de 2014. Además, precisó que, por el momento, no existe "ningún expediente sancionador" relacionado con la ITE.

Las sanciones pueden llegar hasta los 3.000 euros

El incumplimiento del propietario de su obligación de presentar el primer y sucesivos certificados de ITE en el tiempo y en la forma establecida en la ordenanza constituye infracción muy grave si la edificación se encuentra:

- Dentro del ámbito del Conjunto Histórico de La Laguna.

- Incluida en el catálogo de protección.

- Declarada Bien Interés Cultural (BIC).

- En trámite para su inclusión en el Catálogo o como BIC.

Dicha infracción muy grave será sancionable con una multa de 1.501 euros a 3.000 euros, salvo que se subsane con el primer requerimiento, en cuyo caso se califica la infracción como leve, que será sancionada con una multa de 60 euros a 599 euros.

El incumplimiento del propietario de su obligación de presentar el primer y sucesivos certificados de ITE en el tiempo y en la forma establecida en la ordenanza constituye una infracción grave que será sancionable con una multa de 600 euros a 1.500 euros, salvo que se subsane con el primer requerimiento, en cuyo caso se califica la infracción como leve que será sancionada con una multa de 60 euros a 599 euros.

La infracción leve prescribe al año, las graves prescriben a los dos años y las muy graves a los cuatro años a contar desde que presente dicho Certificado en la Gerencia.