El Ministerio Fiscal ha solicitado hoy el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el alcalde de La Laguna y candidato de CC a la presidencia del Gobierno canario, Fernando Clavijo, por el denominado "caso Corredor", al no apreciar delitos en los hechos que se le imputan.

Tras los distintos archivos parciales que se han producido en la causa, contra Fernando Clavijo se mantenían hasta hora dos acusaciones: la de haber mediado para que determinados locales de ocio nocturno pudieran incumplir el horario de cierre o evitar órdenes de precinto, y la de haber intervenido para que unos vecinos cobraran irregularmente una subvención en materia de vivienda.

En un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción número 1 de La Laguna al que ha tenido acceso Efe, la fiscal María Farnés Martínez concluye que no existen indicios de que el alcalde de la ciudad cometiera delito alguno en relación con esos hechos concretos.

La fiscal subraya que, "si bien es cierto que al inicio de las actuaciones había indicios suficientes para entender que pudiera haber un pacto entre las autoridades de La Laguna y diversos empresarios de la localidad para permitir el cierre de sus establecimientos en contra de lo dispuesto por la ley (...)" y de que sabían que un policía local podía estar extorsionando a algunos hosteleros, "esos hechos no han sido acreditados".

"Por lo tanto, entiende el Ministerio Fiscal que no se aprecian indicios ni del delito de prevaricación, ni del delito de cohecho ni del delito de negativa a promover la persecución de los delitos", añade María Farnés Martínez, que, en consecuencia, recomienda que se sobresean esas acusaciones para Clavijo y para el resto de los imputados en ellas.

En cuanto a las subvenciones en materia de vivienda, se acusaba al alcalde de La Laguna de haber intervenido para que dos vecinos de un bloque afectado por aluminosis cobraran unas subvenciones que, presuntamente, no les correspondían, forzando su realojo mediante la colocación de puntales en varios espacios de su casa.

La fiscal subraya que, aunque una conversación telefónica parece señalar que la vivienda pudo apuntalarse por indicación de Clavijo, lo cierto es que esa medida se tomó "por orden de los técnicos de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento", siguiendo el protocolo previsto para los edificios en los que se ha detectado aluminosis.

María Farnés Martínez no descarta que pudiera existir alguna irregularidad en el procedimiento que permitió a esos dos vecinos cobrar unos 50.000 euros, en total, en subvenciones a través del convenio suscrito por el Estado, el Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de La Laguna para el caso de las viviendas de Las Chumberas.

Sin embargo, subraya que no compete al derecho penal entrar en lo que parecen "meras irregularidades o ilegalidades" que corresponde examinar a los juzgados de lo Contencioso Administrativo, sino actuar solo sobre aquellos casos en los que la transgresión de la norma "incida de manera significativa en los administrados y en la comunidad, con perjuicio potencial o efectivo de los intereses de ambos o de la causa pública".

En este caso, la fiscal reconoce que las primeras resoluciones a favor de esos vecinos se concedieron cuando aún no se había aprobado el acuerdo de la Junta de Gobierno Local para atender los realojos "sin tener en cuenta ningún requisito económico", pero también precisa que "con anterioridad ya se venían llevado a cabo los mismos sin tener en cuenta la capacidad económica del solicitante".

"A ello se añade que la totalidad de los importes satisfechos como ayuda por los realojos producidos han sido imputados al convenio interadministrativo del Estado, la Comunidad Autónoma, el Cabildo (de Tenerife) y el Ayuntamiento (...) para la actuación singular de Las Chumberas, por lo que no parece que se haya producido ningún perjuicio para el Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna", razona la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife.

Como resultado, el fiscal pide el sobreseimiento del caso para los imputados en estos dos hechos: Fernando Clavijo, Juan Pedro Lutzardo Barrera, Evaristo González Reyes, Blas Enríquez Sánchez, Juan José Díaz Sánchez, Blanca Delia Pérez Delgado, Bruno Febles Clemente, Ricardo González Martín, María José Castañeda Cruz y María Cristina Afonso Santana.

En paralelo, la Fiscalía recomienda que se declaren nulas las conversaciones grabadas entre el 21 de septiembre y el 21 de octubre de 2010 a varios de los imputados en el caso por falta de garantías y que no se tengan en cuenta ninguna de las pruebas que se hayan obtenido directa o indirectamente a partir de ellas.

A partir de la nulidad que aprecia en esas escuchas, la fiscal María Farnés solicita que se sobresean las actuaciones abiertas contra Francisco Celestino Jesús Barreto Rodríguez, José Antonio Santana Rodríguez y Aymara Calero Tavío.