"La rampa, de cuya existencia era conocedora la interesada, era perfectamente visible, puesto que el accidente acaeció a las 13:00 horas de la tarde. Por tanto, la caída de la reclamante se debió exclusivamente a su propia negligencia, no existiendo nexo causal entre el hecho lesivo alegado y el daño por el que se reclama". Así recoge un dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Canarias a solicitud del alcalde de La Laguna, José Alberto Díaz, después del accidente sufrido por una vecina por obras en el entorno de la Catedral.

El texto, que desestima la reclamación presentada por la afectada, concretamente tiene su origen el 6 de abril de 2014, cuando la denunciante se cayó y sufrió un esguince en el pie izquierdo de grado dos y una torcedura de tobillo debido a los trabajos "en la Catedral de esta ciudad", según el escrito de reclamación.