El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido mantener la categoría de suelo rústico de protección agraria para una finca situada en el barrio de San Luis en Tegueste. La propietaria de estos terrenos presentó un recurso contra el ayuntamiento de esta localidad y la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), a través del cual quería anular las previsiones del Plan General de Ordenación (PGO) para este enclave. Lo cierto es que hasta ahora los colectivos ecologistas han acusado a los redactores del planeamiento de todo lo contrario; de optar por la desclasificación de suelo rústico para promover la ejecución de edificaciones.

La dueña de los terrenos consideraba que no debían ser calificados como agrícolas, sino urbanos no consolidados. Con este fin presentó un informe pericial en el que constaba que la parcela linda con la carretera Portezuelo-Las Toscas, en la que están implantados los servicios requeridos para ostentar esta calificación. El TSJC, en cambio, considera probado que la finca no está transformada por la urbanización, no hay servicios urbanísticos ni edificación alguna u otro elemento propio de una urbanización, sino que, por el contrario, sirve para la agricultura.

Desde el TSJC se recuerda que para que una parcela sea urbana no basta con que los servicios urbanísticos estén cercanos, sino que sean propios. En este caso concreto se da la circunstancia de que los terrenos se encuentran totalmente aislados de toda urbanización y no merecen la clasificación de urbanos, "por más que ocasionalmente tengan los servicios urbanísticos a pie de parcela. Es decir que los tenga porque casualmente pasan por allí y no porque la acción urbanizadora haya llegado a su entorno".

La propietaria alegó que las normas subsidiarias calificaban a la finca como suelo urbano. Y efectivamente el TSJC comprueba que tras la aprobación de la Adaptación Básica a la nueva ley del Territorio la parcela se incluyó inicialmente en esta categoría pero luego el ámbito fue suspendido por la Cotmac, de manera que esta previsión nunca entró en vigor.