La alcaldesa de Hernani (Guipúzcoa), Marian Beitialarrangoitia (ANV), fue condenada ayer a un año de cárcel y siete de inhabilitación por exaltar el terrorismo al haber pedido el 12 de enero de 2008 un aplauso para los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, presuntos autores del atentado en la T-4 de Barajas.

Así lo acuerda la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en una sentencia que cuenta con el voto particular discrepante de la magistrada Ángela Murillo, que considera que debía haber sido condenada por injurias a las Fuerzas de Seguridad del Estado, y no por enaltecimiento, por haber tildado a los agentes de la Guardia Civil en su discurso de "torturadores".

En el juicio, la alcaldesa declaró que pidió ese "chaparrón de aplausos" para Portu y Sarasola en el acto de presentación de las candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), en el polideportivo Anaitasuna de Pamplona, como "una expresión puntual de cariño" ante los presuntos malos tratos que sufrieron en su detención.

Beitialarrangoitia no ingresará en prisión al ser la pena inferior a dos años de cárcel y tampoco quedará inhabilitada porque la sentencia todavía no es firme, ya que cabe recurso ante el Supremo.

El tribunal -compuesto, además de por Murillo, por Teresa Palacios (ponente) y Carmen Paloma González- cree "indiscutible" que "tenía escrito el discurso que iba a pronunciar" y considera probado que con él ensalzó a los presos de ETA, lo que constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Palabras de respaldo

Con sus palabras, destaca la sentencia, "consiguió el absoluto respaldo a sus afirmaciones, concitando así el compartir la idea que le merecen a la acusada los presos de la organización terrorista ETA, cuyo abrazo y cariño transmitió".

"No se corresponde su actitud con la de alguien que quiere expresar un sentimiento de rechazo, indignación y tristeza", como defendió la alcaldesa en el juicio, insiste la Sala, que no percibe en ella "esa honda pena, rabia o contrariedad, sino al revés, se la ve pletórica, digamos que casi exultante, por la favorable reacción que suscitaron sus palabras".

A juicio de las magistradas, su discurso "vino a ser un auténtico espaldarazo a los que denominó presos políticos vascos" y no fruto de "la aflicción que sentía por lo que a uno o a otro le podía haber pasado".

Respecto a la calificación de los hechos como un delito de injurias a la Fuerzas de Seguridad del Estado, del que le acusaba la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), el tribunal razona que el hecho de que su discurso "volviera sobre las torturas a las que sistemáticamente someten los Cuerpos de Seguridad del Estado" formaba parte de su "guión", pero "desconectado de lo que sirvió de primeras palabras en el acto político en que participaba".

Para Murillo, sin embargo, Beitialarrangoitia "no pretendía otra cosa más que calumniar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, tildándolos de torturadores, para así obtener fuertes aplausos de los asistentes al acto, unas 4.000 personas, muchas de ellas proclives a querer difundir tan falaz idea".

Entiende esta magistrada que la "finalidad específica" de la alcaldesa "no versaba en ensalzar" a los presos de ETA, sino injuriar a los guardias civiles que practicaron sus detenciones para obtener de forma fácil "ese chaparrón de aplausos".