El Tribunal Supremo cree que las reuniones del lehendakari, Patxi López; su antecesor, Juan José Ibarretxe, y el consejero de Interior, Rodolfo Ares, con 5 dirigentes de Batasuna en 2006 no constituyen delito, por lo que confirmó el archivo de la causa contra ellos.

Así lo decidieron ayer por unanimidad los cinco magistrados de la sala de lo penal del TS que estudiaron a puerta cerrada el recurso del Foro Ermua y Dignidad y Justicia (DyJ) contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de archivar ahora hace un año dicha causa por falta de acusación legítima.

La sala estimó por mayoría el recurso de ambas acusaciones populares al considerar que sí que están legitimadas para solicitar la apertura de juicio oral contra los ocho. Aplica así la denominada "doctrina Atutxa", pero al entrar en el fondo del asunto los magistrados acordaron mantener el archivo de la presente causa por no ser los hechos constitutivos de delito, por lo que no tendrán que ser juzgados, según informaron fuentes del Alto Tribunal.

Las mismas fuentes explicaron que uno de los cinco magistrados que deliberaron sobre este asunto anunció la formulación de un voto particular discrepante en relación con el primero de estos pronunciamientos. El 12 de enero de 2009 el TSJPV decidió el sobreseimiento de la causa contra López, Ibarretxe, Ares y los representantes de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi, Rufino Etxeberria, Pernando Barrena, Juan José Petrikorena y Olatz Dañobeitia por falta de acusación legítima.

Esta decisión contó con el voto en contra del presidente del TSJPV, el magistrado Manuel Rábago, quien consideró que la acusación ejercida por el Foro de Ermua y Dignidad y Justicia era suficiente.

El TSJPV optó por aplicar la llamada "doctrina Botín" del Supremo -gracias a la cual se archivó el caso de las cesiones de crédito que afectó al presidente del Banco Santander, Emilio Botín-, que estableció que en las causas que se tramitan como procedimiento abreviado no se puede abrir juicio oral si sólo lo pide la acusación popular.

El Foro de Ermua y DyJ recurrieron la decisión del TSJPV al ver que era contraria a la "doctrina más moderna" del TS en la sentencia del "caso Atutxa", que condenó al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa por no disolver el grupo SA.

El TS decidió seguir en el caso de López e Ibarretxe la citada "doctrina Atutxa", pero archiva definitivamente la causa al no ver delito en las reuniones con la ilegalizada Batasuna durante el alto el fuego de ETA en 2006.