El Tribunal Supremo opina que la estrategia bélica "de impacto y pavor", consistente en actos como el bombardeo sobre personas y bienes protegidos en conflicto armado, como el que causó la muerte del cámara José Couso, es penalmente imputable a quien dirija las operaciones bélicas. "La responsabilidad penal es puramente personal, si bien no puede surgir del mero apoyo político o logístico de acciones bélicas", añade la sentencia por la que se ordena a la Audiencia Nacional que reabra la investigación por la muerte en Bagdad (Irak) del cámara de Telecinco por disparos de un tanque norteamericano, acaecida el 8 de abril de 2003.

El Alto Tribunal acuerda que se practiquen las diligencias de instrucción pendientes "y las demás que resultaren procedentes para el esclarecimiento de los hechos investigados".