El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer a España por haber impuesto una condena "desproporcionada", un año de cárcel por un delito de injurias graves al Rey en 2003, a Arnaldo Otegi, al que tendrá que indemnizar con 23.000 euros.

Según la sentencia, "una pena de prisión impuesta por una infracción cometida en el terreno del discurso político no es compatible con la libertad de expresión garantizada por el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".

Para la sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo, "en el contexto de un debate sobre una cuestión con un interés público legítimo, nada puede justificar la imposición de tal pena de prisión".

El 26 de febrero de 2003 Otegi dijo que el rey "es el jefe supremo del Ejército español, es decir, el responsable de los torturadores y quien protege la tortura e impone su régimen monárquico a nuestro pueblo gracias a la tortura y a la violencia".

La declaración la hizo en una rueda de prensa, en su condición de portavoz del Grupo Sozialista Aberzaleak en el Parlamento vasco, el mismo día que el rey Juan Carlos inauguró una central eléctrica en Vizcaya, junto al entonces lehendakari, Juan José Ibarretxe.

Tras la querella de la Fiscalía, Otegi dijo que sus palabras eran "una constatación de la realidad política del Estado" y que no había intención injuriosa contra la Guardia Civil que, días atrás, "había torturado a los detenidos por el cierre del diario Egunkaria".

El TSJ del País Vasco sentenció que Otegi no era culpable porque "la crítica de una institución constitucional está amparada por el derecho a la libertad de expresión", aunque las manifestaciones eran "claramente ofensivas, impropias, injustas y ajenas a la realidad".

El Ministerio Fiscal recurrió y el Supremo condenó a Otegi a un año de prisión como "autor de un delito de injurias graves al Rey", en un fallo de 26 de octubre de 2005.

El Constitucional no admitió el recurso de amparo presentado por Otegi y señaló que sus palabras atribuían al jefe del Estado "una de las manifestaciones delictivas más graves en un Estado de derecho".

Otegi presentó su demanda en Estrasburgo en enero de 2007.

Además del citado artículo 10 del Convenio, alegó, sin éxito, la violación del 14 (Prohibición de la discriminación) por haber sido "víctima de una discriminación basada en opiniones políticas y su función de portavoz del movimiento independentista vasco".