Un juzgado social de Barcelona alega en una sentencia que la Generalitat no puede despedir a empleados de sus empresas por motivos económicos porque las empresas públicas no persiguen el mismo fin de obtener beneficios que las privadas, motivo por el que revoca el despido de 19 trabajadores del Incasòl.

La sentencia, dictada por el Juzgado Social número 12 de Barcelona, declara nulos los despidos de los 19 trabajadores del Incasól y obliga a la administración catalana a readmitirles y pagarles los sueldos que dejaron de cobrar.

El juez argumenta que los despidos del Incasòl implicaron una extinción de contratos de trabajo de los que no se han ofrecido información justificativa a los representantes laborales.

Además, indica que los nuevos responsables del Incasòl debieron seleccionar a quienes despedía en función de "su desempeño, conducta profesional, rendimiento y el logro de resultados con sistemas de evaluación, que se deberían adecuar a criterios de transparencia, objetividad e imparcialidad".