El Tribunal Supremo ha inadmitido de plano la recusación del magistrado Luciano Varela solicitada por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en la causa que se instruye en su contra por intervenir las conversaciones entre varios imputados en la trama ''Gürtel'' con sus abogados en prisión. De esta forma, Varela formará parte de la Sala que juzgará este caso desde el próximo martes, que no se verá retrasado.

En un auto del que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmener, la Sala de lo Penal ha inadmitido a trámite la recusación planteada por Garzón contra este magistrado, que es uno de los siete que debe juzgarle los próximos días 17, 18 y 19 por supuestos delitos de prevaricación y contra los derechos constitucionales.

Rechaza así la pretensión del juez de la Audiencia Nacional de apartar a Luciano Varela por "enemistad manifiesta", por verter "expresiones definitivamente descalificadoras de carácter personal" sobre él y sus decisiones como juez, según denunció la defensa de Garzón en su escrito.

"USO ABUSIVO" DE PROTECCION LEGAL.

El alto tribunal asume en primer lugar el derecho a disfrutar de un juez imparcial aunque también cita jurisprudencia contraria a la "utilización abusiva" de las posibilidades de protección que la ley reconoce y que provocan retrasos injustificados en el normal desarrollo de la causa. De esta forma, justifica la posibilidad de rechazar ''ad limine'' las recusaciones.

Destaca así que el tribunal puede rechazar fundadamente los incidentes formulados con "manifiesto abuso del derecho" cuando se empleen con una finalidad "meramente dilatoria o entorpecedora" de la marcha del procedimiento y alude a sentencias en las que las recusaciones eran "temerarias, abusivas y contrarias al derecho a un proceso sin dilaciones indebidas".

La tramitación de este incidente procesal podría haber retrasado el inicio de la vista por las escuchas de la ''Gürtel'', que comenzará unos días antes de que Garzón se siente en el banquillo por la segunda causa que tiene pendiente ante el Tribunal Supremo. En concreto, el juicio por investigar presuntamente sin competencia los crímenes del franquismo comenzará el próximo 24 de enero.

PETICIÓN EXTEMPORÁNEA

Después de reprobar la formulación de "incidentes dilatorios", el Supremo rechaza la recusación planteada por Garzón por haber sido presentada "extemporáneamente" dado que la composición del tribunal sustituto se dio a conocer el 25 de noviembre y el juez presentó el incidente el 30 de diciembre, por lo que ya habían transcurrido los diez días previstos en el artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Respecto al supuesto interés de Varela en la causa, la Sala argumenta que Garzón no ha precisado las publicaciones en las que se mostraría esta animadversión. En cuanto a las manifestaciones realizadas en su contra en la Facultad de Derecho de Santiago o en presencia de otros magistrados, señala que no constan acreditadas "ni indiciariamente ni a través de un mínimo principio de prueba".

En cualquier caso, de ser ciertas, añade, se trataría de expresiones que habrían sido pronunciadas en privado en el curso de una conversación informal ante otros compañeros de la Sala, y que, por lo tanto, "no podrían valorarse en ningún caso, ni fuera de su contexto, que se ignora, ni como una expresión pública de un posicionamiento previo respecto de una persona o unos hechos a los efectos del ejercicio de la jurisdicción".

"Además, y en todo caso, de una eventual expresión, informal y en privado, de una supuesta opinión sobre el recusante, no se puede deducir simplemente que exista un interés relevante en que la causa penal", indica el auto, que señala que Garzón relegó en el testimonio del magistrado Siro García la demostración de estos hechos.

Respecto a la participación como instructor de Varela en la causa por la Memoria Histórica, la Sala remarca que se trata de otra causa distinta. "Es bien sabido que en una causa penal no se enjuician a personas, sino hechos", añade.

En la causa sobre las escuchas de la Gürtel, Garzón se enfrenta a una pena de inhabilitación de hasta de 15 años solicitada por las acusaciones particulares, mientras que la Fiscalía no acusa en este procedimiento.

Además de Varela, el tribunal que debe juzgar a Garzón por supuestos delitos de prevaricación y contra los derechos constitucionales por las escuchas a los abogados de la ''Gürtel'' en prisión son Joaquín Giménez, Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero, Francisco Monterde, Juan Manuel Berdugo, y Manuel Marchena.

Este es el nuevo tribunal designado para juzgarle después de que el pasado 12 de diciembre la denominada Sala del artículo 61 aprobara, por trece votos a favor y dos en contra y con el criterio favorable de la Fiscalía, admitir la recusación planteada por el juez Baltasar Garzón contra cinco de los siete magistrados de la Sala de lo Penal que habían sido designados inicialmente para juzgarle.