La Audiencia Nacional ha condenado a penas de 31 años de cárcel a los miembros del "comando Otazua" Daniel Pastor, Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria por su participación el 9 de octubre de 2007 en el atentado con bomba-lapa en el vehículo de un edil del PSE en el que resultó herido su escolta.

Así lo ha acordado la sección cuarta de la Sala de lo Penal de este tribunal en una sentencia notificada hoy en la que condena a cada uno de los tres acusados a 19 años de cárcel por un delito de asesinato terrorista en grado de tentativa -el del escolta Gabriel Ginés- y a 12 años por uno de lesiones terroristas.

Sin embargo, la Sala los absuelve de otro delito de asesinato terrorista en grado de tentativa del que venían siendo acusados ya que el concejal Juan Carlos Domingo no sufrió el atentado al encontrarse de vacaciones.

La sentencia declara probado que durante tres meses el comando realizó los seguimientos, hasta que la noche del 8 de octubre de 2007 colocaron en el vehículo que usaba el edil una bomba-lapa.

Los supuestos terroristas la situaron en los bajos del coche, en la parte trasera derecha junto al depósito de gasolina -asiento que normalmente ocupaba el concejal-, mientras que Zapirain, "Aritza", "realizaba labores de vigilancia".

El artefacto hizo explosión sobre las 13.00 horas del día siguiente cuando el escolta Gabriel Ginés Colás circulaba solo por el Barrio de la Peña, en Bilbao, ya que Domingo se encontraba de vacaciones.

"Pese a la magnitud de la explosión y posterior incendio del vehículo, que quedó completamente calcinado", el escolta logró salir del coche "por su propio pie", aunque sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en la cara, cabeza, cuello, antebrazo y mano derecha, así como heridas por metralla.

Para el tribunal, presidido por la magistrada Teresa Palacios, la participación de los tres acusados en el atentado queda acreditada "por el cúmulo de elementos probatorios" analizados en la vista oral celebrada el pasado 23 de enero, así como por la declaración autoinculpatoria de Zapirain tras ser detenido en marzo de 2011.

También han tenido en cuenta que en los registros efectuados en los domicilios de los acusados se intervino diverso material explosivo, bombas-lapa como la utilizada en este atentado, walkie talkies, bridas de sujeción y otra documentación que acreditan su pertenencia a ETA.

Sobre la absolución del delito de asesinato terrorista en grado de tentativa, la Sala, integrada además por los magistrados Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, consideran que resulta "difícil sostener" que los acusados siguieran con sus planes "sin comprobar la ausencia en fechas inmediatamente al atentado y en ese mismo día de su prioritario objetivo".

Durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional el pasado mes de enero los miembros del "comando Otazua" fueron expulsados de la Sala después de que Pastor profiriera gritos de "Gora ETA" e insultos a los magistrados, además de desalojar al público que les animaba con aplausos y vítores de "Jo ta ke" ("Dale duro") y "Aupa".

Por ello, la acusación popular personada en esta causa, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), se querelló contra los tres acusados por un delito de enaltecimiento del terrorismo y pidió que se identificara a los miembros del público que los animaron.