La Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que obliga a las administraciones públicas a tener déficit cero a partir del año 2020, entró ayer en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado lunes, 30 de abril.

La nueva ley introduce la deuda pública como criterio de sostenibilidad presupuestaria, que no podrá superar el 60% del PIB, y obliga a todas las administraciones públicas a presentar equilibrio o superávit a partir de 2020, por lo que ninguna podrá incurrir en déficit estructural desde entonces.

Este objetivo es más estricto que el que pactaron este verano PP y PSOE, con motivo de la reforma de la Constitución para controlar el gasto público, y que contemplaba un déficit estructural máximo del 0,4% del PIB.

Ahora, este déficit estructural del 0,4% solo podrá registrarse en caso de que las administraciones estén llevando a cabo reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo o en situaciones excepcionales, como catástrofes naturales, recesión económica o situación de emergencia extraordinaria.

Para conseguir estos objetivos, el proyecto recoge que la deuda pública se reducirá siempre que la economía nacional experimente una tasa de crecimiento real positiva. Además, cuando se alcance una tasa de aumento del PIB del 2% o se genere empleo neto en términos anuales, la ratio de deuda se reducirá anualmente, como mínimo, en dos puntos del PIB.

En la misma línea, el déficit estructural del conjunto de las administraciones se deberá reducir un 0,8% del PIB nacional en el promedio anual hasta llegar al déficit cero en 2020. En 2015 y 2018 se revisarán las sendas de déficit y deuda.

Además, todas las administraciones deberán aprobar un techo de gasto, similar al que ya aprueba la Administración central, consistente con el objetivo de estabilidad, y el gasto público no podrá aumentar por encima de la tasa de crecimiento del PIB, de acuerdo con la normativa europea.

La norma contempla la prioridad absoluta de atender los intereses y el capital de la deuda pública frente a cualquier otro gasto.