El Tribunal Supremo ha decidido que los antecedentes penales del consejero delegado del Santander, Alfredo Saénz deben contar con todos sus "efectos administrativos", lo que devuelve al Banco de España la decisión de si debe ser inhabilitado en el cargo.

El Supremo falló ayer que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero se extralimitó en sus funciones cuando, al indultar al consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, estableció que no le podía afectar ningún "impedimento para ejercer la actividad bancaria".

En la práctica, esa decisión suponía que la existencia de antecedentes penales no afectaría a su honorabilidad como banquero y no tendría que ser inhabilitado por el Banco de España.

Un real decreto de 1995 indica que toda persona con antecedentes penales carecerá de la honorabilidad profesional necesaria para ejercer la actividad bancaria.

Ahora, la Sala de lo Contencioso Administrativo ha fallado de manera unánime que la posibilidad de indultar de la que dispone el Ejecutivo no le faculta para eliminar los antecedentes derivados de la condena penal, según han confirmado fuentes del Tribunal.

La decisión anula los efectos administrativos del indulto que inhabilitaban a Sáenz ejercer como banquero, pero mantiene el indulto sobre su parte penal, es decir, el arresto de tres meses al que fue condenado.

En 2011, el Supremo condenó a Sáenz a tres meses de prisión y de inhabilitación para ejercer funciones en banca por un delito de acusación falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993.