El Gobierno tiene previsto aprobar mañana, en su reunión en Consejo de Ministros, su proyecto de nuevo Código Penal, que establece la figura de la prisión permanente revisable, incrementa la persecución contra los delitos de corrupción y agrava la penas de los incendios forestales, entre otras novedades.

Aunque los aspectos fundamentales de la reforma del texto punitivo ya están debatidos y consensuados desde hace tiempo, todavía hay algunos aspectos que se están ultimando entre diversos Ministerios afectados, como ocurre con la penalidad de la piratería, que se pretende elevar.

La principal novedad jurídica del Código promovido por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón, que sustituye al vigente de 1995, es la nueva pena de prisión permanente revisable, que podrá ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad como asesinatos especialmente graves, homicidio del jefe del Estado o de su heredero, de jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad.

En estos casos se impondrá una pena de prisión de duración indeterminada (prisión permanente), sujeta a un régimen de revisión, consistente en que tras el cumplimiento íntegro de una parte relevante de la condena, cuando se acredite la reinserción del penado, éste pueda obtener una libertad condicionada a que no vuelva a delinquir.

La prisión permanente revisable no supone la renuncia a la reinserción del penado, según Justicia, ya que una vez cumplida una parte mínima de la condena un tribunal deberá valorar de nuevo las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal.

Pero donde Justicia ha puesto también el foco de su reforma del nuevo Código Penal tiene que ver con la corrupción. El nuevo texto incorpora la nueva regulación de la administración desleal, que permite sancionar la contratación de servicios por un precio exagerado, normalmente motivado por el pago de un soborno, y la revisión de la regulación del delito de malversación, que sancionará la celebración de contratos sin contraprestación o creando fondos ocultos sustraídos al control de la Administración.

También revisa la regulación de la corrupción en los negocios, lo que incluye el supuesto de pago de sobornos a agentes públicos extranjeros (cohecho trasnacional) y el comiso con la finalidad de facilitar un instrumento eficaz para la recuperación de los activos procedentes del delito.

Sanciona asimismo a quienes impiden la ejecución de las resoluciones que les condenan al pago ocultando bienes o aportando información falsa a los tribunales.

Entre las medidas que se incluirán en el proyecto de ley de reforma del Código Penal figura la creación de un tipo penal para los supuestos en los que la falta de programas de prevención del delito facilite o no haya evitado la comisión delictiva.

Otra novedad del Código de Gallardón es que la edad mínima del consentimiento sexual quedará fijada en 16 años (actualmente está en los 13), por lo que un adulto cometerá un delito de abusos a menores si tiene relaciones con una persona menor de esa edad.

Además de modificar las reglas de fijación de la pena en los supuestos de continuidad delictiva y de concurso de delitos, se excluye la aplicabilidad de esta figura de delito continuado en delitos sexuales.

El Código incluye un nuevo supuesto privilegiado de acceso a la libertad condicional que será aplicable a los penados primarios, esto es, los que cumplen su primera condena en prisión, que hayan sido condenados a una pena corta de prisión.

Se revisa la pena con la que se castiga el delito de detención ilegal o secuestro con desaparición, con la finalidad de garantizar, en estos casos de extraordinaria gravedad, una respuesta penal ajustada a la gravedad de la culpabilidad por el hecho.

También endurece las sanciones penales en materia de lucha contra los abusos sexuales, la explotación sexual de menores y la pornografía infantil.

Debido al enorme problema generado por la sustracción de cable de cobre de las redes de servicio público e interés general, también se agravan los delitos de hurto o robo afecten a conducciones de suministro eléctrico o de telecomunicaciones.

El nuevo Código Penal incluye determinados agravantes para conductas de humillación o menosprecio a colectivos minoritarios, así como penas por incitación al odio o la violencia y suprimen las faltas que históricamente se regulaban en el Libro III del Código Penal, si bien algunas de ellas se incorporan a nuevo texto como delitos leves

El Ministerio de Justicia ha eliminado de su proyecto la polémica figura de la custodia de seguridad.