La infanta Cristina ha sido imputada por el juez instructor del caso Nóos, José Castro, para que aclare si participó en presuntos delitos de fraude fiscal como copropietaria de la sociedad Aizoon y si blanqueó mediante gastos privados fondos públicos obtenidos de forma ilícita por su marido, Iñaki Urdangarin.

Castro, que ha citado a la hija menor del Rey para que comparezca en los juzgados de Palma el próximo 8 de marzo a las 10.00 horas, ya la imputó en abril del año pasado, aunque finalmente la Audiencia Provincial revocó esa decisión tras recurrirla la Fiscalía Anticorrupción, que también se opone ahora.

La imputación por los presuntos delitos fiscales y de blanqueo de capitales es fruto de la investigación iniciada por el juez después de que, en el auto en que anuló la primera imputación, la Audiencia de Palma apuntara que no se habían analizado suficientemente esas posibles infracciones penales.

Tras conocerse la decisión de Castro, argumentada en una resolución de 227 páginas, uno de los abogados de la infanta, Miquel Roca, ha anunciado que recurrirá contra la imputación ante el tribunal provincial por considerar que "carece de fundamento".

El expolítico se ha mostrado "absolutamente y plenamente" convencido de la inocencia de la infanta Cristina y ha expresado su seguridad en que "la justicia es igual para todos".

En su auto, el juez José Castro sostiene que la duquesa de Palma se prestó a que Aizoon, la sociedad que compartía al 50 % con Iñaki Urdangarin, "sirviera de andamiaje imprescindible para la comisión de delitos fiscales" y defiende que es su obligación aclarar completamente los hechos, por lo que "a nadie debiera escandalizar que se pretenda formularle preguntas al respecto".

Explica que los datos recabados en la instrucción ponen de manifiesto, como declaró el notario que dio fe de la constitución de Aizoon, que la infanta participaba en la entidad a modo de "escudo frente a Hacienda".

Tras detallar los gastos personales, muchos de ellos para la reforma de su vivienda, que la duquesa de Palma pudo haber llevado a cabo con fondos de su empresa no declarados al fisco, el juez defiende que suponer que desconocía de dónde procedía ese dinero, "y que por ello no merecería la pena preguntarle, no es de recibo".

"Los delitos contra la Hacienda Pública que se imputan a don Iñaki Urdangarin Liebaert difícilmente se podrían haber cometido sin, al menos, el conocimiento y aquiescencia de su esposa, por mucho que de cara a terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado", argumenta.

Para el instructor, hay indicios de que la empresa de la pareja solo era una herramienta para defraudar a Hacienda y encauzar beneficios del entramado de Nóos mediante facturaciones ficticias.

En cuando a los presuntos delitos de blanqueo, Castro entiende que la infanta "ha intervenido, de una parte lucrándose en su propio beneficio y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su marido" en el aprovechamiento de los fondos que Nóos obtuvo de los gobiernos regionales balear y valenciano, con los que el matrimonio realizó gastos personales y compró inmuebles a nombre de su empresa.

Además, ve improbable que desconociera que ese dinero procedía en parte de actividades ilícitas, ya que varios testigos han declarado que ella misma participó en la contratación de personal doméstico al que se prometió remuneraciones en negro.

En sus alusiones al escrito contrario a la imputación que planteó la representación procesal de doña Cristina, Castro llama la atención sobre su "simbiosis argumental" con los planteamientos de la Fiscalía Anticorrupción, una "casualidad" que se produce incluso al plantear ambas el dato erróneo de que Aizoon no recibió ingresos de Nóos entre 2006 y 2008.

Además, se defiende del reproche del fiscal Pedro Horrach de que imputa a doña Cristina a partir de meras conjeturas y por ser quien es, cuando es precisamente su condición de hija del Rey lo que parece motivar que el ministerio público pida un trato diferente al que se ha dispensado, sin su oposición, en las 42 declaraciones ordenadas anteriormente por el juez.

"Cuando finalice la instrucción de esta pieza separada y se vuelva a la normalidad procesal, quizá pocas personas quieran recordar que para llamar a una persona a prestar declaración en calidad de imputada, trámite este que por millares se viene llevando a cabo cada día en los juzgados de España (...), se ha precisado escribir poco menos que un tratado de derecho procesal", escribe.

Castro considera que el fiscal ha perdido las formas al atribuirle "motivaciones ajenas a la legalidad" para imputar a la infanta, incluso antes de que esta decisión se tomara, y recuerda además que si "persiguiera a toda costa la comparecencia" de doña Cristina no hubiera suspendido la primera citación ni dado tiempo ahora para que la Audiencia Provincial pueda revocar la medida.

Finalmente, el instructor del caso Nóos resalta que aunque desconociera el origen ilícito de los fondos con que se lucró, cabría reclamar a la infanta la restitución de los mismos, lo que igualmente justificaría que se la llamara a declarar para escuchar su versión.