El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido cautelarmente por unanimidad la consulta soberanista alternativa convocada por la Generalitat para el 9N, al admitir a trámite el recurso que el Gobierno presentó contra esta convocatoria.

La decisión ha sido adoptada esta mañana por el pleno del tribunal de garantías en respuesta a la solicitud que le hizo el Ejecutivo central en este sentido.

La suspensión afecta no solo a la convocatoria en sí sino también "las actuaciones de preparación de dicha consulta o vinculadas a ella", según dice la providencia dictada hoy por el TC, y tiene efectos desde el pasado 31 de octubre, fecha en que fue solicitada por el Abogado del Estado en nombre del Ejecutivo de Mariano Rajoy.

La admisión a trámite del recurso del Gobierno conlleva de manera automática la suspensión cautelar porque así lo determina la ley para casos como éste -en los que así lo solicita el Gobierno-.

En este sentido, la resolución adoptada hoy por el TC recuerda que el recurso del Gobierno, que era de impugnación de disposiciones autonómicas y, subsidiariamente, de conflicto positivo de competencias, invocaba la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución.

Dicho precepto establece lo siguiente: "El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses".

En cualquier caso, la admisión a trámite y la suspensión cautelar no determinan el sentido del fallo que deberá adoptar en un futuro el tribunal de garantías sobre el fondo del asunto.

El Gobierno central acordó el pasado viernes impugnar ante el TC la citada convocatoria de la Generalitat, decisión que la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, explicó como un intento de "asegurar el Estado de Derecho y proteger la democracia".

Por su parte, la Generalitat decidió ayer presentar una demanda ante el TC para que no suspendiera el 9N alternativo, demanda que no ha sido aceptada por el Constitucional.

En su resolución el TC acuerda dar traslado del procedimiento al Gobierno de la Generalitat de Cataluña, que dispone de un plazo de veinte días para formular las alegaciones que considere convenientes. En cuanto al citado escrito presentado ayer por la Generalitat de Cataluña, ha sido incorporado ya a las actuaciones.

El pleno del TC ya suspendió el pasado 29 de septiembre, de forma cautelar y por unanimidad, la primera consulta soberanista catalana convocada para el 9 de noviembre, tras admitir a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno contra la Ley de Consultas y el decreto de convocatoria.

De este modo, ésta es la segunda ocasión en la que el Ejecutivo central acude contra la consulta soberanista catalana ante el TC y la segunda vez en la que el tribunal de garantías responde admitiendo a trámite dichos recursos y suspendiendo la convocatoria.