El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso presentado por el Gobierno de Canarias contra la Ley de Estabilidad Presupuestaria al considerar que el Estado no se ha extralimitado en el ejercicio de sus competencias.

El Ejecutivo canario recurrió la ley, entre otros motivos, por estimar que la capacidad que da al Gobierno para obligar a las comunidades a tomar determinadas medidas si incumplen los objetivos de déficit o de deuda supone una injerencia en sus competencias.

El Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente Juan José González Rivas, concluye que se trata de "una injerencia legítima por debida, necesaria y proporcionada" por tratarse de una cuestión de "interés general de extraordinaria importancia, respecto de cuya consecución el Estado es garante último".

La sentencia cuenta con el voto particular firmado por cinco magistrados, que argumentan que la previsión de medidas ejecutivas de obligado cumplimiento supone que la comunidad autónoma "queda intervenida en toda regla por el Estado", un mecanismo como el previsto en el artículo 155.2 de la Constitución, pero en este caso sin cumplir con el requisito esencial de su aprobación por mayoría absoluta del Senado.