El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que contiene la nueva normativa sobre el denominado "paquete lácteo" que incluye como principal novedad la presentación obligatoria de una oferta de contrato con una duración mínima de un año a los ganaderos.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) ha informado hoy en un comunicado de que la industria tendrá que facilitar dicha oferta al productor al menos dos meses antes de la finalización de la relación contractual en vigor y, en cualquier caso, antes del inicio de las entregas de leche.

Según el Magrama, el contrato obligatorio es una "garantía de estabilidad" en las relaciones en la cadena láctea, así como de la recogida de la leche para el productor y del suministro necesario de materia prima para la industria.

Estos aspectos, según el Departamento, son de "gran repercusión" de cara al fin del sistema de cuotas lácteas -previsto para el próximo 1 de abril- en el que la relación contractual será una herramienta "fundamental" para la gestión y regulación del mercado.

El Magrama ha detallado que la experiencia adquirida a lo largo de los dos años de aplicación del anterior "paquete lácteo" en España "hacen necesario" abordar ciertas modificaciones para mejorar y adaptar el sistema de contratación actualmente en vigor.

Uno de los objetivo con este sistemas de contratos es evitar que los mismos se realicen sobre entregas de leche ya realizadas, o que se modifiquen de forma recurrente y retroactiva, restando capacidad negociadora al ganadero.

Se persigue también alcanzar su "máxima difusión" a largo plazo, que, si bien ya existía en la legislación actual, "no venía siendo la práctica habitual".

No obstante, la nueva normativa garantiza la posibilidad de rechazo por parte del ganadero a esta duración mínima, mediante su comunicación a la autoridad competente correspondiente de la Comunidad Autónoma en la que desarrolle su actividad.

Asimismo, se regulan otros aspectos, como la tolerancia permitida en el volumen de leche objeto de contrato y las ''adendas'' para evitar, en particular, modificaciones en las condiciones de contratación de leche que ya ha sido entregada.

La nueva legislación contempla además la mejora del sistema de registro y monitorización de los contratos mediante la creación de una única base de datos de declaraciones en el sector.

La estructura y funcionamiento de esta base de datos se detalla en un proyecto de Real Decreto, que está actualmente en tramitación, y que completa el futuro "Sistema unificado de información en el sector lácteo (Infolac)".

También se establece un plan de controles oficiales apoyado en el régimen sancionador de la Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, de aplicación también a los contratos lácteos, que permitirá reforzar el seguimiento y cumplimiento de las disposiciones del Real Decreto.

De esta forma, las infracciones relativas a este aspecto podrán ser sancionables de una forma "mucho más eficaz".

Las modificaciones realizadas tienen como finalidad adecuar el Real Decreto a la nueva legislación comunitaria en esta materia, contenida en el Reglamento 1308/2013, que ofrece nuevas funciones y prerrogativas a la figura de las organizaciones de productores, creadas en el "paquete lácteo", a las que se dota de un mayor protagonismo en la gestión de este mercado.

La entrada en vigor del Real Decreto será inmediata, si bien se prevé un mes para la adaptación de los contratos en vigor a las nuevas exigencias.