La Comisión Europea (CE) dio hoy un ultimátum a España para que respete el derecho de los trabajadores del sector público a aplazar unas vacaciones anuales no disfrutadas por motivo de enfermedad y a que les sean abonadas en caso de extinción del contrato de trabajo.

El Ejecutivo comunitario ha remitido un dictamen motivado a España, segundo paso del procedimiento de infracción comunitario y previo a la denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), para pedir al país que garantice la correcta aplicación de las normas comunitarias sobre el tiempo de trabajo.

Según la directiva que regula esta materia, los trabajadores tienen derecho a un periodo mínimo de vacaciones anuales retribuidas de cuatro semanas, y tras la extinción de la relación laboral, tienen derecho a percibir una compensación financiera en lugar de las vacaciones efectivas.

Bruselas recuerda que, según jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los trabajadores que no hayan podido disfrutar de sus vacaciones anuales a causa de una enfermedad deben poder aplazar este derecho durante un periodo mínimo de quince meses.

En caso de que se haya extinguido la relación laboral, los trabajadores deben poder disfrutar de estas vacaciones pendientes en forma de una compensación financiera.

"En España, estos derechos no están garantizados para los trabajadores del sector público", señala la CE en un comunicado.

La CE inició el procedimiento contra España en julio de 2014, con el envió de una carta de emplazamiento.

España tiene ahora dos meses para notificar a la Comisión las medidas que haya adoptado a fin de poner en consonancia su legislación con el Derecho de la UE. De lo contrario, la CE podría tomar la decisión de demandar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE.