La Audiencia de Palma considera que el delito contra Hacienda, del que está acusada como cooperadora la infanta Cristina en el caso Nóos, es de naturaleza "difusa" y daña un bien colectivo, por lo que la Agencia Tributaria no es el "único perjudicado" y cabe una acusación popular.

En el auto en el que desestima aplicar a la infanta la llamada "doctrina Botín" y respalda la legitimidad de la acción popular para acusar a doña Cristina (que seguirá siendo acusada en el juicio de Nóos) el tribunal provincial detalla que, como no considera a Hacienda el único y concreto perjudicado por el fraude fiscal, la acusación por parte de la Abogacía del Estado "no colma" la protección del bien presuntamente dañado.

La Audiencia de Palma avala la acción popular que ejerce Manos Limpias y asegura que este tipo de delitos de naturaleza "difusa, colectiva o metaindividual" es el espacio "donde halla su más plena justificación la participación de los ciudadanos en el proceso".

Según el tribunal que juzgará a la infanta, a su marido Iñaki Urdangarin y otros 16 acusados, en el delito de fraude fiscal lo que se lesiona es "el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos", algo que compromete la política económica y social que "debe ser garantizada en un Estado Social y democrático de Derecho".