Por fin se ha conocido. La denominada ''doctrina Botín'', que hubiera exonerado de responsabilidad a la Infanta Cristina, no le será aplicada ni a ella ni al resto de los acusados en el caso Nóos, por lo que la hermana del rey Felipe VI seguirá sentada en el banquillo de los acusados y juzgada como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.

Así lo ha decidido la Audiencia Provincial de Baleares, que ha acordado mediante un auto, rechazar la aplicación a Doña Cristina de la doctrina Botín.

Dicha doctrina establece que, si el Ministerio Fiscal y el acusador particular (en caso de estar este último personado en el juicio) solicitan el sobreseimiento (suspensión, por parte de un juez o de un tribunal, de un procedimiento judicial por falta de pruebas o por otra causa) y aunque la acusación popular inste la apertura de juicio oral, el juez, obligatoriamente, debe acordar dicho sobreseimiento.

La razón por la que la Audiencia Provincial de Baleares ha rechazado aplicar esa doctrina es que los hechos concretos por los que la acción popular que ejerce Manos Limpias acusa a Cristina de Borbón --el delito fiscal cometido por su marido, Iñaki Urdangarin, del que se la considera cooperadora--, han sido también introducido en la causa por el resto de acusaciones, que son la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

En consecuencia, y al haber incorporado dichas acusaciones ya este hecho en sus respectivos escritos de acusación, se estima que su conducta es perseguible y no se puede aplicar a este caso la doctrina Botín, conocida así por el fallecido presidente del Banco Santander, Emilio Botín, en el caso de las cesiones de crédito, que dictó jurisprudencia al impedir abrir juicio oral a instancias exclusivas de la acusación popular.

Otro aspecto que la Audiencia Provincial de Baleares destaca en su auto es que la participación de los ciudadanos como acusación popular en este tipo de delitos está más que justificada, y que dicho papel no puede dejarse únicamente a la acusación popular.

El auto notificado no es recurrible en este trámite, si bien las cuestiones previas pueden volver a plantearse ante el Tribunal Supremo una vez se dicte la sentencia, según informan fuentes jurídicas.

De este modo, el tribunal que enjuicia el caso Nóos desestima las cuestiones de falta de legitimación invocadas por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas en un auto de carácter muy técnico que se extiende a lo largo de 85 páginas.

HACIENDA SÍ SOMOS TODOS.

Respecto a las alegaciones de las partes relativas a la naturaleza del bien jurídico protegido en el delito fiscal, la Sala, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, estima que es de naturaleza supra individual, colectiva o difusa.

Ello se aleja de las tesis defendidas durante las cuestiones previas por la Abogacía del Estado en el sentido de que "Hacienda somos todos" es un simple lema publicitario no aplicable al derecho.

Así, aun cuando fuera posible identificar un perjudicado concreto, no debe ser el Ministerio Público el que monopolice toda la acusación "por cuanto la lesión del bien jurídico protegido provoca un detrimento en el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos y compromete la consecución de las finalidades de la política económica y social que deben ser garantizadas en un Estado social y democrático y de derecho".

RESPETO DE LA CASA DEL REY.

Tras conocer que la Audiencia Provincial de Baleares ha acordado que la Infanta Cristina continúe en el banquillo de los acusados y sea juzgada, la Casa del Rey ha expresado su "respeto absoluto a la independencia del poder judicial".

La Casa del Rey no se ha movido un ápice en la postura que ha mantenido desde la proclamación de Felipe VI con respecto al ''caso Nóos'' y los diferentes momentos procesales por los que ha pasado su hermana.

Un portavoz del Palacio de la Zarzuela ha manifestado este viernes a Europa Press el "absoluto respeto a la independencia del poder judicial" por parte de la Casa del Rey a la decisión que el tribunal ha adoptado respecto de la Infanta Cristina, que ya no es miembro de la Familia Real, aunque sí es familia del Rey.

La llegada al trono de Felipe VI en junio de 2014 supuso no solo la salida de la Infanta Cristina de la Familia Real. Introdujo también un cambio en el lenguaje empleado por la institución para referirse a las decisiones judiciales del ''caso Nóos'', que investiga el presunto saqueo de 6,5 millones de euros de las arcas públicas de la Comunidad Valenciana y Baleares cometido por Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres con la firma de contratos inflados.

Si Juan Carlos I se implicó en la defensa de su hija (pactó con ella la elección del abogado Miquel Roca, amigo del monarca) y llegó a cuestionar la imparcialidad del juez José Castro cuando el magistrado citó a la Infanta a declarar como imputada (Zarzuela expresó entonces su "sorpresa" por la decisión del juez y apoyó a la Fiscalía cuando recurrió el auto), con Felipe VI en el trono, la Casa del Rey ha expresado siempre su respeto a las decisiones del poder judicial, al tiempo que por primera vez hablaba de "la independencia" de la justicia.

Esta posición de expresar su "absoluto respeto a la independencia del poder judicial" se ha mantenido de manera inamovible cada vez que la Casa del Rey, ya con Felipe VI, ha comentado los cambios que se han producido en la situación procesal de la Infanta Cristina, como cuando la Audiencia Provincial de Baleares confirmó en junio pasado que la hermana del Rey tendría que sentarse en el banquillo.