El dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de que es ilegal que la compensación por la copia privada destinada a los autores de la obra sea financiada por los presupuestos generales, como establece el canon digital español introducido en 2012, y no por los usuarios de la copia, ha supuesto, además de un duro revés para el Gobierno, el inicio de una polémica que se prevé larga.

Así, mientras que el presidente ejecutivo de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), Alejandro Perales, ha hecho una valoración "muy positiva" de la sentencia, el director general de la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (Adepi), Antonio Fernández, ha advertido de que el dictamen del TUE "obliga inmediatamente" a modificar la Ley de Propiedad Intelectual.

En su pronunciamiento, la sala europea ha valorado que el sistema español "no garantiza que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas".

Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo que el importe se fija anualmente, "dentro de los límites presupuestarios" establecidos para cada ejercicio.

Varias entidades de gestión colectiva de derechos de autor, entre ellas Egeda y la SGAE llevaron la medida al Tribunal Supremo, que ha peguntado al TUE si la norma es compatible con las reglas de la Unión Europea.

En su sentencia, el TUE ha declarado que la directiva comunitaria "se opone" al nuevo canon digital español, porque "no asegura que el coste de la compensación equitativa sea soportado, en último término, por los usuarios de copias privadas".

El Tribunal ha aclarado que la norma europea permite a los Estados miembros financiar la compensación con cargo a los presupuestos, pero que ello es posible sólo si el sistema alternativo "garantiza" el pago de tal compensación a favor de los titulares de los derechos y que cumple con el objetivo de ofrecer un elevado grado de protección de la propiedad intelectual.

El tribunal recalca que la excepción por copia privada "se ha concebido en beneficio exclusivo" de las personas físicas que realizan reproducciones de obras protegidas para un uso privado, sin fines comerciales.

Son las personas físicas las que causan un perjuicio a los titulares de los derechos y quienes, en principio, están obligadas a financiar, como contrapartida, la compensación equitativa que se les adeuda, ha advertido el Tribunal, que añade que las personas jurídicas están excluidas del derecho a acogerse a esta excepción.

Por ello, y aunque los gobiernos nacionales pueden instaurar sistemas en los que, por razones prácticas, las personas jurídicas estén obligadas a financiar la compensación, éstas no pueden "en ningún caso, ser en último término deudoras efectivas del mencionado gravamen".

Así, concluye que, a falta de un tributo específico para gastos determinados, se debe considera que la partida presupuestaria destinada al pago de la compensación equitativa "se alimenta de la totalidad" de los recursos con los que cuentan los Presupuestos Generales del Estado, y, por tanto, "de todos los contribuyentes".

"GRANDES DUDAS DE QUE FUERA LEGAL"

El presidente ejecutivo de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), Alejandro Perales, ha hecho una valoración "muy positiva" de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Según ha explicado Perales, en declaraciones a Europa Press, extender un gravamen al conjunto de la sociedad era "muy negativo para los ciudadanos" y en la asociación había "grandes dudas de que fuera legal".

En su pronunciamiento, la sala europea ha valorado que el sistema español "no garantiza que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas".

"Éramos radicalmente contrarios a eso, a que el canon que se aplicara fuera abonado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE)", ha declarado Alejandro Perales, al tiempo que ha defendido que "era peor el remedio que la enfermedad".

En este sentido, el presidente ejecutivo de la Asociación de Usuarios de la Comunicación ha apuntado que "hay gente a la que le parecía injusto" que la compensación por copia privada la abonaran las empresas tecnológicas y ha defendido que cuando se hace con cargo a los PGE "todavía es más injusto" porque "lo pagan hasta los que no se compran equipos".

CAMBIO EN LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL.

A su vez, el director general de la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (Adepi), Antonio Fernández, ha advertido de que el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, "obliga inmediatamente" a modificar la Ley de Propiedad Intelectual.

Así se ha expresado Fernández, en declaraciones a Europa Press, tras conocer este jueves 9 de junio la decisión del TUE, en las que ha indicado que "la sentencia es un hito en términos de un sin sentido que era el modelo que propugnó el Gobierno del PP".

"Ahora lo que ha hecho el TUE es poner la cosa en su justa medida y era lo que decíamos desde el primer momento, que el modelo español vulneraba el derecho comunitario", ha argumentado el director general de la asociación, que agrupa a las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual: AGEDI, AIE, AISGE, CEDRO, DAMA, EGEDA, SGAE y VEGAP.

En este sentido, Fernández ha celebrado que tras una "larga trayectoria", el dictamen del tribunal europeo pone en cuestión un "modelo que es injusto porque pagan todos los ciudadanos lo que tienen que pagar sólo los que causan el año producido por las copas privadas".

Por esta razón, el director general de Adepi considera obligatorio reformar la Ley, ya que el artículo 25 vulnera el Derecho Comunitario, así como están por resolver un recurso de inconstitucionalidad y una cuestión de inconstitucionalidad sobre el mismo precepto. "Por tanto, la tormenta perfecta en términos jurídicos está en marcha", ha subrayado.

Según ha manifestado Fernández, el legislador tendrá que promover una reforma de la Ley de Propiedad Intelectual para "volver al cauce de la compatibilidad con la directiva europea".

En relación con las reclamaciones presentadas "año a año" por perjuicio patrimonial, ha apuntado que ahora, "lógicamente, los tribunales tendrán en cuenta que el modelo español se basaba en un supuesto no compatible con la directiva europea". "El Estado, con toda seguridad, será condenado a compensar por el perjuicio ocasionado en estos cuatro años de sin razón", ha enfatizado.

A este respecto, el portavoz de la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Rafael Sánchez, se ha mostrado convencido de que "prosperarán, de ahora en adelante, demandas que suponen una cantidad superior a los 400 millones de euros".

"La propia Administración decía hace 4 años que el daño por copia privada eran 115 millones y ahora indica que son 5 millones cuando tiene que pagar", ha indicado Sánchez en declaraciones a Europa Press, para después advertir de que es "absolutamente contrario a la realidad del mercado, a la realidad europea y a la jurisprudencia comunitaria".

EGEDA, que siempre ha defendido que llevar una remuneración de carácter privado a los PGE era contrario a la directiva europea, ha mostrado su "gran satisfacción" por la sentencia que avala "completamente" las tesis mantenidas por la entidad.