La Audiencia Nacional ha rechazado la pretensión de la jueza argentina María Servini de desplazarse a España para tomar declaración al exministro Rodolfo Martín Villa dentro de su investigación por los crímenes del franquismo.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, el juez José de la Mata argumenta, entre otros motivos, que según la legislación española los delitos que le atribuye habrían prescrito y, además, admitir la comisión rogatoria vulneraría la ley de Amnistía de 1977.

También expone que el propio Martín Villa se ha puesto a disposición de la jueza para declarar en Argentina y ella lo ha rechazado.

Por ello, considera que Servini tiene a su disposición "múltiples mecanismos" para conseguir sus objetivos procesales sin necesidad de desplazarse a España y recuerda que Martín Villa puede declarar, por ejemplo, en la embajada o en el consulado de Argentina en España o por videoconferencia.

Según recuerda el auto la jueza María Servini solicitó tomar declaración a Rodolfo Martín Villa en el marco de la causa en la que investiga la posible comisión de "hechos atroces de lesa humanidad, entre los que se cuentan torturas, asesinatos, desapariciones forzadas de personas y sustracción de menores cometidos en España en el periodo comprendido entre 1936 y 1977".

El juez explica que Martín Villa comunicó que también estaba dispuesto a prestar declaración ante la jueza en España tal como ha requerido en comisión rogatoria.

Sin embargo el fiscal se opuso a practicar esta comisión rogatoria y solicitó su devolución al Juzgado argentino, al amparo del tratado bilateral entre España y Argentina y a la legislación interna que atribuye a la jurisdicción española la investigación y enjuiciamiento de tales hechos.

La jueza María Servini informó en la comisión rogatoria de que "se están imputando a Martín Villa hechos que pueden constituir varios delitos de homicidio, crímenes de lesa humanidad que en Argentina son imprescriptibles y cuyos responsables están sujetos a persecución a través de la aplicación del principio de jurisdicción universal".

Al respecto el juez José de la Mata señala que España no ha ratificado la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad de las Naciones Unidas de 1968, por lo que no puede ser aplicable este texto internacional, lo que impide la persecución en España de delitos de este tipo cometidos antes del 1 de octubre de 2004.

Una vez conocido el auto fuentes próximas a Martín Villa han expresado que el exministro acepta cualquiera de las vías sugeridas por la Audiencia Nacional para prestar declaración.

Añaden que desde que fue imputado el 30 de octubre de 2014 ha insistido en declarar ante la jueza Servini y ha manifestado que respeta los criterios de los tribunales españoles pero personalmente se siente en el deber de declarar.

Recuerdan que Martín Villa reiteró su voluntad de prestar declaración en 2015 tras rechazar el Gobierno la extradición a Argentina por esta causa de veintidós españoles, entre los que él se encontraba, y que lo repitió en 2016 después de que la justicia española denegara una comisión rogatoria para interrogar a todos los imputados.

Concretan que la querella que instruye la jueza Servini responsabiliza a Martín Villa una actuación policial en Vitoria el 3 de marzo de 1976 cuando era ministro de Relaciones Sindicales, e intervenciones de Policía y Guardia Civil durante la "Semana Pro-Amnistía" en el País Vasco, Navarra y Madrid en 1977 siendo ministro de Gobernación, en las que hubo muertos y heridos, explican.

Las mismas fuentes mantienen que Martín Villa asegura que no tuvo nada que ver con la actuación policial de Vitoria y respecto a las intervenciones de 1977 niega que fuera un plan para eliminar a adversarios políticos partidarios de gobiernos democráticos.

Al respecto alega que de hecho ya se había aprobado la convocatoria de las primeras elecciones libres y se habían legalizado los partidos políticos, incluido el Partido Comunista, para permitir un Gobierno democrático y un proceso que dio lugar a la Constitución de 1978.