La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dio el pasado 8 de mayo un plazo "improrrogable" de diez días al Ayuntamiento de Icod para que cumpla la sentencia firme que anula parte de la relación de puestos de trabajo (RPT) de 2006, que creó 37 nuevas plazas de diferentes categorías y eliminó otras seis.

Uno de los fundamentos de esta sentencia, dictada en octubre de 2012 tras una denuncia del Sindicato de Trabajadores de la Administración Pública (Stap), es que el gobierno de entonces no negoció ni consultó la nueva RPT con los representantes sindicales y que "tampoco se consultó a las organizaciones sindicales ni tan siquiera con la Junta de Personal".

La sentencia también señala que la plantilla municipal aprobada "no responde a los principios de racionalidad, economía y eficiencia". También anula la creación de nueve plazas "ajenas a la corporación", puesto que la RPT incluye puestos de trabajo de personal que presta servicios en la empresa Icodem SL.

El TSJC considera "igualmente contrario a derecho" la inclusión de dos plazas de auxiliar de Gabinete de la Alcaldía como personal eventual, con la misma consideración que el jefe de gabinete, secretario y jefe de prensa, "ya que no consta que su actuación sea directiva, ni necesaria su designación por razones de confianza".

Este tribunal exige el inmediato cumplimiento de esta sentencia y advierte de que se podrán interponer multas de 150 a 1.502 euros a las autoridades y funcionarios que incumplan los requerimientos judiciales, "sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiera lugar, así como deducir el oportuno testimonio de particulares para exigir responsabilidad penal".

El TSJC pide que antes del 18 de mayo el Ayuntamiento de Icod informe del nombre del funcionario responsable del cumplimiento de esta sentencia, advirtiéndole de que si no lo facilitara "se considerará responsable al alcalde", Juan José Dorta (PSOE).

Fuentes del Stap señalan que las consecuencias de esta sentencia son diversas, "ya que se tendrá que volver a negociar la RPT; es posible que el alcalde tenga que indemnizar al ayuntamiento por el coste de dos puestos de asesores considerados ilegales; se ordena la reconversión de varios puestos de personal laboral a funcionario, con la correspondiente revisión salarial y cobro de las diferencias no percibidas en años anteriores, y obliga a incluir en la RPT varios puestos con carácter permanente".