El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Icod de los Vinos condenó el pasado 5 de junio al Banco Santander a devolver los 100.000 euros invertidos a un matrimonio de jubilados que contrataron participaciones preferentes sin recibir la información sobre el riesgo de estos productos financieros.

El abogado Arístides Rodríguez-Zurita interpuso la demanda en 2014 con el objetivo de obtener la nulidad de los contratos "Valores Santander" y "Preferentes Unión Fenosa", suscritos por sus clientes, un matrimonio de jubilados de edad avanzada y solo con estudios primarios, en el año 2005 y 2007, respectivamente, por un importe total de 100.000 euros.

La justicia ha dado la razón a los clientes debido a que "la falta de información y de transparencia de la entidad bancaria demandada sobre las características y riesgos de la operación suscrita" derivó en "el error y falta de consentimiento por parte de este matrimonio a las condiciones pactadas, que debían llevar a la anulación del contrato y de todos los efectos económicos derivados del mismo", detalla Rodríguez-Zurita.

El abogado del matrimonio destaca que "la falta de una información precisa, correcta y adecuada por parte del banco demandado, que estaba obligado a proporcionar a sus clientes minoristas acerca de las características de las participaciones preferentes contratadas, así como del alcance de las obligaciones y del importante riesgo asumido por las mismas, motiva la existencia de un error excusable en los demandantes".

Según se indica en la sentencia, ni en el contrato de suscripción de preferentes ni en los documentos suscritos ese día existe información completa, precisa, adecuada e individualizada al perfil de los clientes. Ni que destaque el riesgo que la inversión incorporaba ni, sobre todo, la advertencia de que el dinero entregado pudiera perderse en su totalidad. De hecho, los clientes interpusieron la demanda tras descubrir que perderían el 80% de sus ahorros.

La sentencia aún puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.