Una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), notificada a las partes el 22 de diciembre, ha ratificado la ilegalidad del apartado que establece los importes a pagar por metro cuadrado en la polémica ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública del Ayuntamiento del Puerto de la Cruz, aprobada en 2012 y recurrida judicialmente por numerosos empresarios que denunciaron en 2013 un "incremento abusivo". La anulación del apartado segundo del artículo cinco de esta ordenanza impide su aplicación y obliga al ayuntamiento a modificarla y, en consecuencia, a cambiar las tasas vigentes.

La ilegalidad de ese artículo ya se había planteado en un auto de 27 de septiembre de 2016 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº1 de Santa Cruz, que ahora el TSJC ratifica. El alcalde del Puerto de la Cruz, Lope Afonso (PP), explicó ayer a EL DÍA que su gobierno está a la espera de que los servicios jurídicos municipales planteen "qué pasos deben darse para cumplir la sentencia", que anula un artículo clave pero no aclara cómo debe actuar ahora el ayuntamiento. La ordenanza actual ya no puede aplicarse y la anterior tampoco está en vigor. Deben aprobar una nueva, pero tampoco hay garantía de que el nuevo criterio sea aceptado por la justicia si se vuelve a recurrir.

"Es evidente que tendremos que modificar la ordenanza, pero necesitamos los informes jurídicos y, posiblemente, una aclaración de sentencia", señaló.

"Nuestra voluntad es cumplir la sentencia y normalizar la situación lo antes posible -insistió Afonso-, pero aún hay dudas. Tenemos que cambiar la ordenanza, pero también concretar de qué modo afecta eso a lo ya liquidado".

El mandatario portuense señala que "como muestra de buena voluntad" se ha empezado a "compensar de oficio" -dando por abonados recibos correspondientes a 2014- cantidades pagadas por empresarios que recurrieron en 2013 las liquidaciones de la ordenanza en la vía judicial.

El TSJC considera ilegal el artículo que fija la tasa a pagar por metro cuadrado de superficie ocupada, y no por número de elementos (mesas y sillas), como la ordenanza anterior. Para este tribunal, los precios fijados por metro cuadrado están "sobrevalorados y no se ajustan a la realidad".

"Sí conviene recordar que esta ordenanza se aprobó en pleno en 2012 sin ningún voto en contra, con el apoyo del PSOE y solo con la abstención de VxP, en un momento en el que tuvimos que actuar para evitar el colapso económico del ayuntamiento. Tampoco conviene olvidar que si en su momento hubo tasas que se duplicaron, también es cierto que en el proceso de regularización se comprobó que había empresarios que declaraban la mitad de los elementos que realmente tenían en la vía pública. Había mucha picaresca y eso también incrementó notablemente algunas tasas", destaca Lope Afonso.