El Comisionado de Transparencia de Canarias ha dictado una reciente resolución por la que insta al Ayuntamiento de Icod de los Vinos, cuyo alcalde es José Ramón León (Somos Icodenses), a entregar la información sobre los gastos en abogados y procuradores contratados por el Ayuntamiento de la Ciudad del Drago desde 2011 hasta la actualidad. Este pronunciamiento tiene su origen en una queja presentada por el presidente de la Junta de Personal y delegado sindical del Stap que había solicitado, sin éxito, la información del dinero público que ha gastado el Consistorio icodense en defensa jurídica en los últimos ocho años.

La resolución del comisionado estima la reclamación presentada por "la falta de respuesta a una petición de información pública realizada ante el Ayuntamiento de Icod de los Vinos el día 23 de agosto de 2017, relativa a movimientos contables de las partidas presupuestarias destinadas al pago de gastos de abogados y procuradores desde el año 2011 hasta la fecha".

También indica que deben eliminarse del listado los datos protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos, tal y como había planteado el propio solicitante en la instancia inicial.

La información que ahora debe hacer pública el Ayuntamiento de Icod fue denegada al solicitante por silencio administrativo, motivo por el cual el Comisionado de Transparencia también recuerda al alcalde que la ley le obliga a "dictar resolución expresa en todos los procedimientos", así como su deber de cumplir con la Ley de Transparencia.

En la resolución se señala que los servicios municipales pusieron la información solicitada, si bien incompleta, a disposición del alcalde desde el 25 de septiembre de 2017, pero éste decidió no entregarla al solicitante, que se vio obligado a recurrir al Comisionado de Transparencia para intentar obtenerla, en octubre de 2017.

El alcalde remitió la información al citado departamento regional el 18 de diciembre, "pero decidió no facilitársela al solicitante", lamenta este delegado del Stap.

A juicio del solicitante, "esto demuestra que las excusas de que no se facilita la información por exceso de trabajo o falta de medios son solo excusas. Sobre todo si se tiene en cuenta que la información pedida consiste en simples fotocopias de documentos que ya existen o listados informatizados".

"Según la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, la información cuya entrega ha ordenado el comisionado tendrá que ponerse a disposición del solicitante en cualquier caso, en un plazo no superior a diez días desde que se emita una resolución", recuerda el presidente de la Junta de Personal.

Contra esta resolución cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante la sala correspondiente del TSJC.