El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la norma 23 del Plan Especial de Ordenación de la Actividad Turística de La Palma (PTE), que servía de protección temporal a cientos de alojamientos turísticos sin licencia, en situación irregular, que se encuentran dispersos por todo el territorio insular, con una oferta de más de 3.000 plazas alojativas.

La decisión atiende a la denuncia realizada por la asociación empresarial Ashotel, en un recurso interpuesto contra el Cabildo insular y el Gobierno de Canarias por el establecimiento de un régimen transitorio que permitía el funcionamiento de instalaciones turísticas carentes de licencia, en el marco del PTE, aprobado en 2007.

El PSC informó ayer en nota de prensa del auto emitido por el TSJC. El mismo, según afir-ma, "respalda la posición mantenida por el Grupo Socialista ya en 2005, cuando Manuel Marcos Pérez, co-mo portavoz en el Cabildo, afirmó que el documento se extralimitaba en las competencias que debe recoger un Plan Territorial Especial, asegurando que tenía defectos de forma, lo que ahora confirma el tribunal, por lo que el mismo no se atiene a derecho".

En ese sentido, la actual portavoz socialista en la Administración palmera, Mercedes Coello, afirma que "esta situación de inseguridad jurídica provocada por el grupo de Gobierno de la Corporación insular (CC) no hace más que ahondar en el retraimiento de la inversión económica en el sector turístico de la Isla, ya en precario, y perjudicar a los ciudadanos de La Palma", por lo que aconseja "no hacer experimentos y someterse a la legalidad vigente".

Un régimen injusto.- La norma 23 del sistema normativo del PTE se refiere a las instalaciones existentes que no dispongan de autorización de apertura, y prevé un régimen especial para su regulación, procedimiento que, según el TSJC, choca con lo recogido por ley, que dispone el cierre de estos inmuebles hasta que se tramite su autorización.

Asimismo, en el apartado tercero relativo a la dispensa de disposiciones normativas, el PTE de uso turístico vulnera, según recoge la sentencia, el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, porque "se trata de una verdadera dispensa singular a favor de actividades ilegales que carecen de respaldo legal alguno. Por otra parte, de forma totalmente injusta, deja en peor situación a las instalaciones que pretenden establecerse cumpliendo con los requisitos legales o a las que han cumplido con toda la normativa en el momento en que se implantaron en la Isla ".

Ingresos.- Las más de 3.000 plazas alojativas inventariadas por el Cabildo insular, que son cuestionadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en cuanto a su permanencia dentro del sistema que ordena la actividad turística de La Palma, suponen unos ingresos anuales de más de 9 millones de euros (a razón de 3.000 euros al año por cama) a los propietarios de esta parte del sector terciario que no se ha legalizado, según se recoge en los estudios hechos dentro del propio PTE por la Administración palmera.

La norma 23 del PTE, hasta esta sentencia, ofrecía un marco que no suponía su legalización, pero que les garantizaba una protección temporal hasta que los ayuntamientos, cada uno en función de lo que dictase su planeamiento general, regulase cada alojamiento a petición de los propietarios.