La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) ha estimado el recurso extraordinario de revisión presentado por el Ayuntamiento de Tazacorte en contra de un acuerdo de este organismo de fecha 22 de junio de 2007, en el que se instaba al Consistorio bagañete a "proceder a la revisión del Plan General de Ordenación en el ámbito y aspectos que contradigan la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 10 de noviembre de 2005, contra el suelo de Los Tarajales".

De esta manera, la Cotmac ratifica la legalidad de la edificación ejecutada en esta parcela y de la licencia que se dio para ello, dando la razón al Ayuntamiento de Tazacorte, una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias consideró el pasado 9 de noviembre de 2009 inejecutable la sentencia del Supremo (noviembre de 2005) que declaraba no urbano el suelo, puesto que el planeamiento que fue objeto del procedimiento judicial dejó de estar en vigor tras la entrada del Plan General, es decir desde enero del año 2005.

La Cotmac, con el aval de los informes emitidos por la ponencia técnica, anula por tanto el acuerdo de revisión de 2007 y da por válido el PGO tal y como se aprobó, en cuanto a este suelo de El Puerto se refiere. Se rectifica la determinación y se confirma la clasificación de esa parcela como suelo urbano consolidado.

El informe de los Servicios Jurídicos de la Cotmac estable de forma categórica que procede estimar el recurso interpuesto por el ayuntamiento y establece que se había instaba a esta Administración local a que revisara su PGO partiendo de la consideración que hacía la sentencia, ahora declarada inejecutable, de que en el ámbito de las parcelas de los Tarajales (UA 2-3, 2-4 y 2-5) el suelo no reunía la condición de urbano en el momento de la aprobación del planeamiento por ninguno de los criterios legales. Al respecto, afirma textualmente: "… de haber tenido conocimiento del citado auto (que declara inejecutable la sentencia del Supremo) con anterioridad a la adopción del acuerdo que ahora se recurre, la Cotmac no se hubiese pronunciado en esos términos".

De esta manera, en lo que respecta a la Comisión de Ordenación del Territorio y a falta de que se concrete el camino que seguirá la vía penal abierta en el juzgado de Los Llanos de Aridane, el organismo canario cierra este asunto, desde el punto de vista administrativo, en cuanto que el acuerdo quedaría solamente circunscrito a la declaración de la inejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo en los mismos términos que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, confirmando la vigencia de la clasificación de ese suelo como urbano consolidado como lo recoge el vigente Plan General de Ordenación.