El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado al Cabildo de La Palma al abono de más de 390.000 euros a la entidad mercantil Menis Arquitectos S.L.P por la ampliación del proyecto del Auditorio Insular, un "sueño" en época de bonanzas que se pensó construir en el municipio de Los Llanos de Aridane y que chocó frontalmente con la crisis económica, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL DÍA.

El arquitecto presentó la modificación del proyecto por registro de entrada el 6 de julio de 2009, una forma de entrega que, por otro lado, tampoco es la más habitual. Lo dejó en cajas que fueron trasladadas de unas dependencias a otras en la sede principal del Cabildo hasta que finalmente fueron depositadas en la Consejería de Cultura. Y allí quedaron. El redactor no cobró sus honorarios ni recibió llamadas para llegar a un acuerdo, ya que la institución insular sostuvo en aquel momento, igual que hizo ahora ante el juez, que nunca encargó tal modificado del proyecto y que la empresa lo hizo por decisión propia, un argumento que ciertamente resulta complejo llegar a sostenerse, por lo que el afectado recurrió a la vía judicial.

Tras la instrucción, el juez considera acreditado que la iniciativa de ampliación del proyecto "no se debió a la voluntad unilateral" de Martín Menis, sino que "existen una serie de actos que permiten concluir la existencia de un encargo verbal" de la Presidencia del Cabildo de La Palma, que ocupaba en aquel entonces el nacionalista José Luis Perestelo. Además, para el instructor de la causa "resulta ciertamente inverosímil que un prestigioso profesional de la arquitectura asumiese la ejecución del titánico y costoso trabajo" que implicaba la modificación del proyecto inicial del auditorio palmero "sin contar con la aprobación siquiera de forma verbal" desde la institución insular.

El juez advierte además de que "otro indicio nada desdeñable" consiste en que el Cabildo palmero "no requiere explicaciones sobre el origen del encargo del proyecto presentado el 6 de julio de 2009 y no reacciona de ninguna manera hasta el 25 de abril de 2012 (y en esta última fecha para evitar que se produjeses el silencio administrativo)". El expediente "ocupa aproximadamente cinco armarios y tres cajas, por lo que es difícil pensar que se traspapelara; más bien tan ingente cantidad de documentos suponían un estorbo del que era más adecuado o conveniente adoptar una rápida decisión si nunca había sido encargado por el Cabildo de La Palma", apunta el magistrado.

La sentencia, dictada el pasado día 18 de marzo y para la que hay 15 días de apelación, impone además las costas a la institución insular.