El CD Mensajero, una de las entidades deportivas y sociales más arraigadas en la Isla y con mayor número de simpatizantes, no tendrá que hacer frente a las sanciones impuestas por el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma por las irregularidades detectadas en una terraza de verano abierta en un solar de su propiedad en la parte alta de la avenida del Puente, según una sentencia judicial firme, es decir, que ya no se puede recurrir.

Se trataba de una zona de ocio nocturno, denominada The Summer y que tenía capacidad para 150 personas, aforo que llegó a superar en al menos ocho oportunidades, llegando incluso a sobrepasar el medio millar de clientes, según se refleja en los expedientes abiertos por el ayuntamiento en virtud de los informes emitidos por los agentes de la Policía Local. La terraza de verano acabó siendo precintada, una decisión que se justificó además desde el ayuntamiento por la presencia de menores.

Las sanciones, que en un principio alcanzaron los 180.000 euros, se quedaron en poco más de 120.000, una cifra lo suficientemente importante para hacer temer por la estabilidad financiera del equipo de fútbol, que juega en Segunda B.

El CD Mensajero siempre defendió ante el ayuntamiento que la gestión de la terraza de verano había sido traspasada, en virtud de un acuerdo privado, a una empresa con experiencia en la "explotación" de este tipo de instalaciones, dentro del mes de plazo que la legislación otorga desde que se concede la licencia municipal para el desarrollo de la actividad, por lo que a juicio de la entidad deportiva, no tenía responsabilidad directa alguna sobre lo denunciado por la Policía Local.

Sin embargo, la corporación capitalina centró erróneamente (según se desprende de la sentencia firme) las denuncias y las pertinentes sanciones sobre el CD Mensajero, al ser responsable de los trámites administrativos cursados en las dependencias municipales para el funcionamiento de la terraza, desechando sus alegaciones.

El juez, sin embargo, sí ha atendido el recurso presentado por la entidad "rojinegra", dejando, por otro lado, en entredicho la valoración municipal sobre este caso, y sentencia que las sanciones deben recaer sobre la empresa o sociedad que gestionaba las terrazas, exonerando al Mensajero de toda culpa.

Las sanciones llegaron al juzgado en dos procedimientos diferentes. El ya sentenciado afecta al 90% de la totalidad de la cuantía, mientras que una multa de 15.000 euros aún debe ser juzgada. Aun así, fuentes judiciales aclararon a EL DÍA que "con el precedente que se crea con esta primera sentencia, el segundo procedimiento tendrá la misma respuesta".