El Parque Nacional de la Caldera de Taburiente ha aprovechado las redes sociales para advertir de las limitaciones que existen para el sobrevuelo de su espacio con aparatos no tripulados, una práctica que se está extendiendo y que en el principal recurso natural de la Isla tiene sus restricciones.

La Caldera advierte de que, "debido al incremento observado en los últimos meses en el Parque Nacional con drones", estima conveniente comunicar a la población en general y recordar a los usuarios de este tipo de aeronaves la normativa vigente en esta materia. A propósito, el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque establece "la prohibición (salvo por motivos de gestión) de la práctica con aparatos de control remoto y además el sobrevuelo de cualquier tipo de aeronave a menos de 3.000 metros sobre el nivel del mar en la vertical del Parque".

En el mismo sentido, desde la Caldera se recuerda la Orden PRE/1841/2005, de 10 de junio que fija para la Caldera de Taburiente "la prohibición del sobrevuelo, excepto aeronaves del Estado y vuelos para la conservación del Parque autorizados". Para filmaciones con carácter divulgativo, se están autorizando algunos sobrevuelos, que no afecten a la conservación de este espacio, "considerándolo un uso autorizable, con restricciones".

Además, la normativa específica para el uso de drones en territorio español requiere la obtención de licencia de piloto.