La propietaria del establecimiento Saxo Pub Karaoke, que se encontraba ubicado en la plaza José Mata, sancionado por el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma con 15.001 euros y la revocación de la licencia de apertura al presentar deficiencias principalmente en los equipos de sonido, elevó a la corporación local alegaciones en las que argumentaba que el trabajador municipal que realizó las inspecciones "carece de toda imparcialidad y objetividad" para desarrollar su labor.

Esta afirmación la fundamenta en que este técnico del ayuntamiento es a la vez administrador de una empresa privada, que supuestamente utiliza para solucionar irregularidades de las que previamente informa como personal municipal, por lo que la afectada pidió su recusación.

El letrado de la empresaria expone que el trabajador municipal es administrador único de una compañía mercantil, afirmación que queda demostrada en una nota simple del registro, que se dedica de forma habitual y profesional a la elaboración de proyectos y dirección técnica de obras de instalación de toda clase de actividades "entre ellas las de carácter musical", el mismo objeto que el expediente sancionador contra Saxo Pub Karaoke.

Por tanto, "cuando intervino ejerciendo la potestad inspectora correspondiente al ayuntamiento, ostentaba simultáneamente un claro interés profesional" por su actividad privada, según se advierte desde la defensa de la empresaria. Y es que "era el administrador de la sociedad en las fechas de elaboración de cada una de las actas e informes" contra este establecimiento de ocio nocturno.

Las alegaciones van un poco más lejos, ya que en las mismas se asegura que el propio técnico del ayuntamiento llegó a ofrecer a la denunciada los servicios de la empresa privada que administra: "Le entregó incluso una nota con el teléfono de contacto de su estudio de ingeniería, omitiendo convenientemente mencionar el cargo que ostentaba en ella". Aceptó la recomendación "y un día más tarde" acudieron a la dirección indicada "encontrando al técnico municipal trabajando en uno de los despachos". Eso sí, quien les atendió "fue otra persona".

La propietaria del Saxo Pub Karaoke llegó a negociar con este estudio privado, pero "desistió de contratarlo porque el precio de los servicios era muy superior al ofertado por otros ingenieros de la competencia". A raíz de esa negativa, y siempre según la versión que se recoge en las alegaciones presentadas por la empresaria, "tuvimos dos visitas" de la persona que los había atendido en la empresa recomendada por el técnico municipal, "y reiteró la conveniencia de contratar con ellos su ejecución (subsanación de las deficiencias detectadas) para poder continuar desarrollando la actividad", mediante el empleo de expresiones subliminales como "aquí tenemos que sumar entre todos y no restar, en referencia a la posición de dominio que ostentaba el citado trabajador del ayuntamiento".

El abogado afirma que "si hubiese alguna duda sobre el efectivo aprovechamiento de esa posición funcionarial para captar clientes y derivarlos hacia el estudio del que es administrador, las circunstancias relatadas ponen de manifiesto la realidad de tal práctica, que pudiera ser incluso constitutiva de ilícito penal, que además se realizó por el recusado, al menos en una ocasión, sin el menor rubor ni cautela desde la propia oficina técnica del ayuntamiento".