El Ayuntamiento de Tazacorte tendrá que readmitir o indemnizar a media docena de trabajadores municipales que despidió hace prácticamente un año, el 31 de enero de 2015, después de que la justicia haya resuelto que sus contratos no eran temporales, como defendió la administración, sino que tenían carácter indefinido.

Los afectados desempeñan su labor en el servicio de ayuda a domicilio y peones de limpieza, y uno de ellos como conductor de un camión.

En una de las resoluciones emitidas por el Juzgado de lo Social número 3 de Santa Cruz de Tenerife el pasado día 7 de diciembre sobre uno de estos trabajadores, y dada a conocer a las partes implicadas este martes, se establece que todas las contrataciones afectadas tienen las mismas o similares características, y se advierte de que el contrato temporal está permitido "en los supuestos expresamente previstos en la ley, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la misma". En caso contrario, "el contrato temporal debe entenderse concertado en fraude de ley y, por tanto, la relación laboral pasa a ser indefinida".

En este sentido, el juez sostiene que "es claro que nos encontramos ante un contrato celebrado en fraude de ley, pues el objeto de la contratación ya demuestra el carácter permanente de los mismos. Se dice que es para labores propias de peón de limpieza; pero esto no es un objeto, pues no refiere que las labores extras de limpieza sea por acumulación de tareas o por una obra concreta y determinada".

El magistrado hace hincapié en que "lo que se viene es a contratar para las labores propias de la categoría, lo que no es un objeto para una contratación temporal, sino indefinida (...), y dado que se ha procedido a su despido, el mismo debe ser calificado como improcedente".

EL DÍA intentó ayer sin éxito localizar el responsable de Recursos Humanos y primer teniente de alcalde de Tazacorte, Adolfo Pérez (UB-CC), para conocer su versión sobre la sentencia.