El Consejo de Ministros ha decidido no autorizar al Ayuntamiento de Fuencaliente la celebración de una consulta popular sobre el proyecto de balneario para la Fuente Santa, con el argumento de que la competencia sobre aguas minerales y termales es autonómica y no local.

La decisión estatal era en realidad esperada incluso por el propio solicitante, el ayuntamiento, ya que el manantial no es de gestión municipal y, además, tal y como dice ahora el Gobierno de España, la competencia es de la Comunidad Autónoma y es ejercida a través de la Consejería de Industria y Energía del Gobierno de Canarias.

De conformidad con la normativa autonómica, los recursos acuíferos de la Fuente Santa no solo no tienen un ámbito municipal, sino que rebasan, incluso, el insular, a pesar de que el Cabildo de La Palma sí tiene la gestión de la galería a través del Consejo Insular de Aguas.

El Estado rechaza la consulta popular al argumentar que el balneario no es de competencia local

El Consejo de Ministros sostiene que no se cumple, por lo tanto, el artículo 71 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, del 2 de abril de 1985, en lo que se refiere al requisito de que el asunto de la consulta popular tenga carácter local, puesto que la cuestión tiene incidencia más allá de los límites geográficos del término municipal.

El Ayuntamiento de Fuencaliente quería consultar a los vecinos si estaban a favor de la idea denominada "Balneario histórico", elaborada por Carlos Soler y que apoya la Unión Progresista de Fuencaliente; o de "Piedra de Fuego", que ganó frente a otro centenar de propuestas el concurso abierto por el Cabildo de La Palma y que es al final el proyecto que se ejecutará. Queda por concretar la gestión del balneario, que también iba a ir a consulta.