La Fiscalía Provincial ha decidido archivar las diligencias de investigación penal sobre posibles irregularidades por la ausencia de acciones orientadas al cobro de la tasa por licencia de apertura y actividad, con el correspondiente canon, de los aparcamientos subterráneos municipales que gestiona la mercantil adjudicataria Dos Tumbos SL, según el decreto del fiscal al que ha tenido acceso esta redacción.

El subterráneo se abrió al público en 2008, pero hasta 2016 no se exigió de forma firme desde el ayuntamiento el pago de la licencia de apertura ni el canon de explotación fijado con carácter mensual. Solo por los impagos por la licencia la deuda se elevaba a más de 80.000 euros, mientras que por el canon es de casi 133.000. Ayuntamiento y empresario alcanzaron hace apenas un año un acuerdo para el abono en plazos de todas las cantidades pendientes, salvo aquellas que prescribieron.

El expediente fue derivado desde la corporación a la Fiscalía, tras un intenso debate en el que se planteó sin éxito la creación de una comisión de investigación, para que depurara posibles responsabilidades penales.

El fiscal sostiene en su decreto que del examen de la documentación remitida y de la exposición del escrito presentado por la Alcaldía de Los Llanos de Aridane, "no se desprenden elementos constitutivos de infracción penal" y, por tanto, "no concurren elementos que permitan iniciar o dirigir acción penal por el Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las acciones que procedan en el ámbito administrativo y contable para depurar responsabilidades contables, disciplinarias y administrativas-patrimoniales".

En este sentido, el fiscal sí advierte de que de los hechos puestos en conocimiento se desprende "una deficiente e irregular gestión contable y administrativa" e incluso "disciplinaria", que a su juicio "resulta evidente" , en relación al cobro de la liquidación de la licencia de apertura y canon de la concesión de los aparcamientos subterráneos, y que en todo caso "debe ventilarse en los ámbitos administrativos correspondientes".

Por el contrario, "no consta acreditada apropiación, defraudación ni desvío de fondos públicos, siendo igualmente que tampoco se desprende la existencia de resoluciones administrativas injustas que amparen esa inactividad recaudatoria". El archivo por Fiscalía no impide que aquellos que estén en desacuerdo con su valoración reiteren la denuncia ante los tribunales ordinarios.