El informe de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de Santa Cruz sobre la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anuló la operación de venta de Emmasa por parte del consistorio capitalino a la empresa Sacyr-Vallehermoso SA concluye que el defecto cometido en la tramitación del expediente ha sido subsanado al ponerse en exposición pública la memoria del expediente el pasado día 22 de noviembre de 2010.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso de Santa Cruz había anulado el acuerdo plenario de 22 de julio de 2005 por el cual el ayuntamiento aprobó el cambio de gestión del servicio público del agua en la ciudad, que hasta entonces prestaba Emmasa de forma directa. El fallo se basó en el incumplimiento del trámite de exposición pública del expediente.

El informe municipal, que firma el director del servicio jurídico, Carlos de la Concha, estima que se ha subsanado el trámite omitido por lo que el acuerdo plenario de 2005 es "plenamente válido y, por eso, las actuaciones posteriores (el procedimiento concursal y el contrato subsiguiente) lo son también".

De esta forma, según los servicios jurídicos municipales no sería necesario ni la convocatoria de un nuevo pleno para refrendar la venta de 212 de las 224 acciones de Emmasa a Sacyr-Vallehermoso, ni la redacción de un nuevo concurso ya que el fallo del TSJC no contiene "reproche máximo de nulidad de pleno derecho".

Sin embargo, el concejal de Ciudadanos de Santa Cruz, Ángel Isidro Guimerá, no comparte el dictamen de De la Concha, ya que, a su juicio, el informe parte de un supuesto erróneo de anulabilidad, ya que la sentencia del TSJC "dice que el acuerdo plenario en el que se decidió cambiar el modelo de gestión de aguas es nulo de pleno derecho y no entra en otros temas que también podrían ser constitutivos de nulidad porque dice que con la falta de exposición pública ya es suficiente para anular el pleno en el que se acordó el cambio de gestión de la compañía".

Por ello, Guimerá mantiene que se debe volver a convocar un pleno que deberá decidir otra vez si se cambia el modelo de gestión del abastecimiento de agua de público a privado. Además, si se decidiese la privatización habrá que volver a convocar un nuevo concurso para ver a qué empresa se le otorga.

Por último, consideró que cuando se pida la ejecución de la sentencia se solicitará repetir el pleno y una nueva convocatoria, aunque matizó que la ejecución de la sentencia es una cuestión de oportunidad política, ya que "tampoco queremos perjudicar al ayuntamiento en un momento en el que tiene las arcas prácticamente vacías porque tendrá que indemnizar a Sacyr-Vallehermoso".

Por su parte, el portavoz del Grupo Municipal Socialista, José Ángel Martín, opinó que el informe de los servicios jurídicos vendría a constatar que "cualquier procedimiento administrativo se puede hacer como le venga en gana a uno". Martín recordó que el PSC siempre ha abogado por que el agua no se privatice y por conseguir un acuerdo entre las partes ya que, de lo contrario, habría que rescindir el contrato con la empresa que presta el servicio y devolverle el canon que ha pagado, y el importe relativo a daños y perjuicios y lucro cesante.

"Lo cierto es que el expediente se saltó el trámite de información pública, lo que pone en cuestión la seguridad jurídica de los procedimientos administrativos del ayuntamiento", concluyó.

el dato

La venta de acciones fue clave

El TSJC basó sus argumentaciones jurídicas en que lo aprobado no fue un cambio de gestión, sino una venta de acciones, y que la información a particulares y ciudadanos era un elemento esencial en el procedimiento, circunstancia que motivó a declarar como nulo el acuerdo adoptado. Además, Gestión de Aguas de Tenerife se planteó exigir el cumplimiento de la sentencia, para lo que encargó un informe a sus servicios jurídicos a finales de 2010