El interventor general del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y la máxima responsable de los servicios jurídicos consideran que hay indicios de delito en el pago de pluses, horas extraordinarias y gratificaciones a diferentes trabajadores de la Gerencia de Urbanismo entre 1998 y 2005.

En concreto, la Intervención General comparte el criterio expuesto por la letrada municipal en un informe de fecha 18 de noviembre de 2013 de que "hay hechos que podrían ser constitutivos de delito de prevaricación tipificado en el artículo 404 del Código Penal", lo que se traduce en que se realizaron resoluciones arbitrarias a sabiendas de que eran injustas.

No obstante, para la jurista municipal ese no sería el único delito imputable, ya que habría otro de malversación de fondos públicos tipificado en el artículo 432 del Código Penal, motivo -al que se une la Intervención General- por el que solicitó su traslado inmediato al Ministerio Fiscal, acción que ya ha llevado a cargo la actual dirección de la Gerencia.

Cabe recordar que la malversación se registra cuando los funcionarios o las autoridades, con ánimo de lucro, sustraen o consienten que un tercero sustraiga fondos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones.

Siguiendo con los informes oficiales, el interventor muestra el 23 de enero de 2014 su desconcierto por el hecho de que durante años se abonaran gratificaciones por parte de la Gerencia de Urbanismo "al margen de las nóminas correspondientes".

"En unos casos por especial y extraordinaria dedicación en relación con expedientes relacionados con la Playa de Las Teresitas y su entorno, en otros por trabajos de coordinación y seguimiento de especial dedicación y disponibilidad sin límite de horario en trabajos de avance de la revisión del Plan General, así como por la especial y extraordinaria dedicación en el despacho de expedientes acumulados", según detalla el informe del interventor, en el que, además, se detalla que en las resoluciones y la documentación que se le remite "no se acredita que las gratificaciones abonadas se hayan fundamentado en el régimen jurídico, por lo que se conculca la normativa".

Sin embargo, es especialmente duro con el funcionamiento de la Gerencia de Urbanismo cuando asegura que, una vez analizada la documentación y después de tomar en consideración las normas y jurisprudencia ampliamente analizadas en las consideraciones jurídicas precedentes, "el abono de las gratificaciones a tanto alzado y sin la debida justificación y motivación incumplen frontalmente la normativa reguladora de tal retribución complementaria conforme a la interpretación efectuada por la jurisprudencia", añadiendo que "no consta acreditada con la documentación en virtud de la que se emite el informe la realidad de los servicios extraordinarios efectivamente prestados fuera de la jornada laboral de trabajo ni la cuantificación de tal exceso de horas, vulnerándose la normativa interna prevista en cuanto a la base de cálculo que se establece en función del grupo, hora y día en que se realizan".

Aspecto este que coincide en su totalidad con los argumentos de la letrada responsable de la Asesoría Jurídica cuando manifiesta en el informe que "las gratificaciones no están debidamente fundadas en derecho, limitándose a citar normas sobre la competencia del órgano, obviando totalmente las normas aplicables al abono de retribuciones complementarias a los funcionarios públicos. Los pluses de productividad no citan un solo precepto material de derecho administrativo y las retribuciones complementarias no tienen amparo en el convenio colectivo"

A juicio de la letrada, el caso más grave es el que se vincula a la resolución del 29 de noviembre de 2005, puesto que considera que " en ningún caso cabría sustituir por retribución las vacaciones, puesto que la fundamentación podría ser aplicable en la empresa privada, pero nunca en la pública y, a mayor abundamiento, se deduce que la Gerencia de Urbanismo no sentó criterio alguno para la distribución individualizada del crédito presupuestario".

Ambos expertos coinciden a modo de conclusión en que entre 1998 y 2005 se abonaron reiterada y sistemáticamente retribuciones complementarias, tanto al personal funcionario como laboral, incumpliendo la normativa de aplicación y pudiendo haberse incurrido en responsabilidades penales, disciplinarias y contables.

Debido a estas conclusiones, la Gerencia ya ha puesto el caso en conocimiento de la Fiscalía, donde incluso ya han comparecido varios técnicos y, según anunció su actual responsable, José Ángel Martín, se ha abierto un proceso de investigación reservada.