El Ministerio de Defensa no tendrá que abonar los más de seis millones de euros que la cooperativa que construyó en Santa Cruz de Tenerife la urbanización Hespérides le reclamaba por los litigios que le llevaron a comprar dos veces el suelo sobre el que se asienta.

El conflicto entre Defensa y la Cooperativa de Viviendas Hespérides se remonta a 1997, cuando esta última compró al Ministerio en subasta pública una parcela en la base de Hoya Fría, en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, por la que pagó 233,73 millones de pesetas (1,40 millones de euros).

Sin embargo, esos terrenos procedían de una donación hecha al Ejército durante la Guerra Civil, en 1937, por una serie de propietarios cuyos herederos reclamaron la devolución de ese suelo nada más enterarse de que Defensa lo ponía en venta.

Esa reclamación dio lugar a un pleito por la propiedad de esos terrenos entre Defensa y los herederos de los donantes que el Ministerio ganó tanto en los juzgados de Tenerife como en la Audiencia de Santa Cruz. Sin embargo, cuando el caso llegó al Supremo, este dictaminó que los herederos de los donantes tenían derecho a recuperar ese suelo si el Ejército dejaba de usar.

En medio de todos esos pleitos, la cooperativa que compró el terreno siguió adelante con su transformación y promovió en ellos la construcción de 114 viviendas que ya estaban terminadas cuando en 2007 el Supremo resolvió definitivamente de quién era ese suelo.

Con las viviendas ya terminadas, la cooperativa llegó a un acuerdo con los herederos de los propietarios originales del suelo para comprárselo por 7,69 millones de euros y demandó al Ministerio de Defensa por los daños que le había ocasionado la operación.

En 2010, el Ministerio de Defensa acordó devolver a la cooperativa el dinero que le había pagado por ese suelo, pero rechazó abonarle cantidad alguna más en concepto de daños o como resarcimiento del sobrecoste que luego abonó por la parcela.

El Supremo confirma ahora la sentencia de la Audiencia Nacional que avala el proceder de Defensa y le exonera de pagar nada más a la cooperativa de viviendas Hespérides, aunque reconoce que al subastar el suelo no informó a la cooperativa de que en ese momento ya existía una reclamación abierta por los herederos de los donantes.

Sin embargo, el TS considera que la cooperativa no solo tuvo oportunidad de conocer que ese suelo procedía de una donación, sino que, de hecho, lo supo, litigó con los herederos de los dueños originales de la parcela y, pese a no tener resuelto definitivamente el pleito, decidió seguir adelante con la promoción de viviendas.

Para la Audiencia Nacional y también para el Supremo, solo es imputable "a la propia voluntad" de la cooperativa que esa finca se transformara en una urbanización antes de que hubiera una sentencia firme. Y lo mismo ocurre con su decisión de "recomprar" en 2008 el suelo donde estaban las viviendas por un precio de 7,69 millones.

Por ese motivo, descartan que se produjera un funcionamiento anormal de los servicios públicos que convierta a Defensa en responsable patrimonial del quebranto sufrido por la cooperativa.