El Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial dictó ayer un auto que deja en libertad provisional tanto al exalcalde de Santa Cruz, Miguel Zerolo, como a los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González por la compra-venta de Las Teresitas. Sobre el primero pesa una condena no firme de siete años de prisión y en el particular de Plasencia y González, de cinco años y tres meses, a la espera de la sentencia que dicte el Tribunal Supremo. También está condenado Manuel Parejo, que se encuentra privado de libertad por el caso Mamotreto, situación suficiente para ahondar ahora con más medidas, valora el tribunal.

También quedan en libertad provisional, como incluso pidió la acusación popular, los técnicos Víctor Reyes y José Tomás Martín.

El tribunal, presidido por Joaquín Astor Landete y formado por los magistrados Jaime Requena -que actuó de ponente- y Fernando Paredes, impuso a Miguel Zerolo la condición de comparecer ante el juzgado más próximo a su residencia todos los meses -dentro de los primeros diez días-. Es el único de los condenados a los que se fija esta condición, pues el resto -Plasencia, González, Reyes y Martín- solo tendrán que entregar el pasaporte.

Cabe recordar que la fiscal anticorrupción, María Farnés, solicitó en la comparecencia celebrada del pasado viernes, la prisión preventiva para los seis condenados -incluido Parejo-. En el caso de los dos técnicos pidió la retirada de pasaporte y la prohibición de salir del país.

Por su parte, la acusación popular que ejerce el letrado José Pérez Ventura en representación de la Asociación Justicia y Sociedad secundó las peticiones de la Fiscalía y advirtió que, en caso de que no se impusiera una medida de prisión preventiva, se impusiera una fianza económica de seis millones, además de la obligación de comparecer una vez al mes ante el juzgado.

En los razonamientos jurídicos que el tribunal hace constar en el auto dictado ayer, el tribunal recuerda tanto Farnés como Pérez Ventura "apuntan la existencia de indicios de que Zerolo podría ser titular de un patrimonio ubicado posiblemente en el extranjero y mantenido fuera del alcance y conocimiento de las autoridades españolas", argumentando informes policiales de la casa por cohecho que fue sobreseída. El Tribunal, hace constar, "ya hizo en su sentencia referencia a que los hechos que se declaraban probados había generado extraordinarias plusvalías, y a que incluso se había acreditado la recepción de elevadas cantidades de dinero por alguna de las personas relacionadas con los mismos". Sin embargo, "la investigación no pudo concretar "tales sospechas en elementos de cargo o fuentes de prueba".

En sus razonamientos jurídicos, recuerda que Zerolo "siempre ha atendido de forma diligente las citaciones de jueces y tribunales" y añade que "la adopción de una medida cautelar de prisión preventiva resulta desproporcionado en el momento actual".

Tampoco advierten circunstancias excepcionales para fijar prisión preventiva en el caso de los técnicos ni de los empresarios -con un "arraigo personal extraordinario" en Tenerife y de "avanzada edad". Ahora solo queda esperar porque el Supremo resuelva el recurso, lo que tardará al menos un año.