La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictó el pasado 17 de julio una sentencia por la que desestima íntegramente el recurso presentado por Félix Marrero Montesdeoca contra el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en 2013 que declaró nulo el contrato de externalización de las funciones recaudatorias del municipio en favor de este.

De esta forma, la sentencia del TSJC coincide con el fallo anterior emitido en primera instancia por el Juzgado número 3 de lo Contencioso-Administrativo de la capital tinerfeña, que estimó en junio de 2016 que la declaración de nulidad realizada por el ayuntamiento fue correcta y ajustada a Derecho.

Como se recordará, el gobierno municipal decidió en 2013 rescindir el contrato con la empresa adjudicataria de las funciones de recaudación en período voluntario al estimar que los beneficios obtenidos con cargo a la prestación del servicio no se ajustaban al coste real de la actividad.

No en vano, el ayuntamiento, además de rescindir el contrato en aquella fecha, constituyó una comisión liquidadora, integrada por el tesorero, el interventor y el secretario de la corporación, que fundamentó la reclamación a esta empresa de la cantidad de 3,9 millones de euros.

Con esta resolución judicial se culmina el procedimiento en el ámbito de la Comunidad autónoma, por lo que el recurrente, condenado al pago de las costas, solo puede acudir ya en casación ante el Tribunal Supremo.

A la empresa pertenecían los 22 trabajadores que han ganado en los tribunales su derecho a la readmisión como personal municipal. Un contencioso desarrollado en paralelo al que ha resuelto ahora en segunda instancia el TSJC, sin más relación que el tronco común del servicio prestado durante veinte años al ayuntamiento.